Si el titular del derecho encuentra que hay un error en el libro de registro de bienes raíces, puede solicitarlo a la agencia inmobiliaria.

Subjetividad jurídica:

Si el obligante o interesado cree que existen errores en las materias registradas en el libro de registro de bienes inmuebles, podrá solicitar la corrección de la inscripción. Si el titular del derecho inscrito en el libro de registro de bienes inmuebles acepta por escrito la corrección o existe evidencia que demuestre que la inscripción efectivamente es errónea, la agencia registradora procederá a la corrección. Si los errores de registro causan daño a otros, la agencia de registro será responsable de la indemnización.

Objetividad jurídica:

Artículo 217 del Código Civil: La relación entre el libro de registro de la propiedad inmobiliaria y el certificado de propiedad del inmueble es prueba de que el obligante goza de los derechos de propiedad del inmueble. bienes. Las cosas registradas en el certificado de propiedad de la propiedad inmobiliaria deberán concordar con el libro de registro de la propiedad inmueble, si los registros son inconsistentes, prevalecerá el libro de registro de la propiedad inmueble a menos que exista evidencia que demuestre que hay un error en el libro de registro de la propiedad inmueble.