II.Base Relevante
El artículo 76 de la Ley del Servidor Público establece:
Los servidores públicos gozarán de prestaciones asistenciales de conformidad con la normativa nacional. El Estado mejora los beneficios sociales de los funcionarios públicos en función del nivel de desarrollo económico y social.
Los funcionarios públicos implementan el sistema de jornada laboral estipulado por el estado y disfrutan de vacaciones de acuerdo con la normativa estatal. Los funcionarios que realicen horas extraordinarias fuera de los días hábiles legales gozarán del correspondiente permiso compensatorio.