Lista de elementos de examen físico para funcionarios de aduanas

La lista de elementos del examen físico para los funcionarios de aduanas es la siguiente:

Los elementos del examen físico para los funcionarios de aduanas incluyen: examen físico general, electrocardiograma, función hepática, función renal, lípidos en sangre, azúcar en sangre, sangre rutina, rutina de orina, hepatitis B, sífilis, SIDA y otros exámenes.

El electrocardiograma, la función hepática, la función renal, los lípidos en sangre, el azúcar en sangre y otros elementos deben completarse en el hospital, mientras que otros elementos se pueden completar en instituciones médicas u hospitales designados.

Estándares de calificación de exámenes físicos para funcionarios públicos

Las enfermedades cardíacas estructuradas como cardiopatía reumática, miocardiopatía, enfermedad coronaria, cardiopatía congénita, etc., no están calificadas. Son elegibles aquellos con enfermedades cardíacas congénitas que no requieren cirugía o se curan con cirugía.

Si se presenta alguna de las siguientes condiciones, se descarta y califica la enfermedad:

Hay un soplo en la auscultación cardíaca;

Latidos prematuros frecuentes;

Frecuencia cardíaca inferior a 50 latidos por minuto o superior a 110 latidos;

Otras condiciones de electrocardiograma anormal.

La presión arterial se califica si se encuentra dentro del siguiente rango: presión arterial sistólica inferior a 140 mmHg; presión arterial diastólica inferior a 90 mmHg.

Enfermedades hematológicas, no calificadas. Para la anemia simple por deficiencia de hierro, si la hemoglobina es superior a 90 g/L en hombres y 80 g/L en mujeres, está calificada.

La tuberculosis fracasó. Sin embargo, las siguientes condiciones son elegibles:

Tuberculosis pulmonar primaria, tuberculosis pulmonar secundaria y pleuresía tuberculosa estable durante 1 año después de la curación clínica;

Tuberculosis extrapulmonar: tuberculosis renal, tuberculosis ósea, tuberculosis peritoneal, tuberculosis ganglionar, etc. , no hubo recurrencia 2 años después de la curación clínica y no hubo cambios después del examen en un hospital especializado.

La bronquitis crónica acompañada de enfisema obstructivo, bronquiectasias y asma bronquial no están calificadas.

La pancreatitis crónica, la colitis ulcerosa, la enfermedad de Crohn y otras enfermedades crónicas graves del sistema digestivo no son elegibles. Están calificados aquellos que no tienen complicaciones graves después de la gastrectomía subtotal.

Todo tipo de hepatitis y cirrosis agudas y crónicas están incalificadas.

Tumor maligno, no calificado.

No se califican nefritis, pielonefritis crónica, poliquistosis renal ni insuficiencia renal.

Las enfermedades del sistema endocrino como diabetes, diabetes insípida y acromegalia no son elegibles. Están calificados aquellos que no presentan síntomas ni signos 1 año después de la curación del hipertiroidismo.

Aquellos con antecedentes de epilepsia, enfermedades mentales, histeria, sonambulismo nocturno, neurosis severas (dolores de cabeza frecuentes, mareos, insomnio, pérdida evidente de memoria, etc.). ), el abuso y la dependencia de sustancias psicoactivas fracasaron.

El lupus eritematoso, la dermatomiositis y/o polimiositis, la esclerodermia, la poliarteritis nudosa, la artritis reumatoide y otras enfermedades difusas del tejido conectivo y la arteritis de Takayasu no son elegibles.

La esquistosomiasis avanzada y la filariasis avanzada con hinchazón gomosa o quiluria no están calificadas.

Se descalifican los defectos craneales, los cuerpos extraños intracraneales, las malformaciones cerebrales y el síndrome postraumático.

Osteomielitis crónica grave, no calificada.

Bocio simple de tercer grado, no calificado.

No son elegibles la colelitiasis ni los cálculos del tracto urinario con obstrucción.

La gonorrea, la sífilis, el chancro, el linfogranuloma venéreo, el condiloma acuminado, el herpes genital y el SIDA no están calificados.

La agudeza visual corregida de ambos ojos es inferior a 4,8 (agudeza visual decimal 0,6), la agudeza visual corregida de un ojo es inferior a 4,9 (agudeza visual decimal 0,8) y aquellos con discapacidad visual evidente son descalificado.

Dificultad auditiva en ambos oídos. Si se utiliza un dispositivo auditivo artificial, aquellos que no puedan oír un susurro a menos de 3 metros serán descalificados.

No se califican otras enfermedades graves que no estén incluidas en las normas de examen físico y afecten el normal desempeño de las funciones.