Con el fin de fortalecer la gestión de ingenieros de seguridad registrados y garantizar que los ingenieros de seguridad registrados practiquen de acuerdo con la ley. El "Reglamento sobre la Gestión de Ingenieros de Seguridad Registrados" fue revisado y adoptado en la reunión de oficina del Director de la Administración Estatal de Seguridad en el Trabajo el 22 de febrero de 2006, y por la presente se promulga y entrará en vigor el 22 de marzo de 2007.
Al mismo tiempo, se abolirán las "Medidas de gestión del registro para ingenieros de seguridad registrados" promulgadas por la antigua Administración Estatal de Seguridad en el Trabajo en 2004.
En la reunión de oficina se revisó y aprobó la Orden de la Administración Estatal de Seguridad en el Trabajo, "La Decisión de la Administración Estatal de Seguridad en el Trabajo sobre la modificación de 11 reglamentos, incluido el Reglamento de capacitación en seguridad para las unidades de producción y operación". del Director de la Administración Estatal de Seguridad en el Trabajo el 19 de agosto de 2065, y ahora se promulgará y entrará en vigor en la fecha de promulgación.
Se modifica el segundo párrafo del artículo 24 para quedar como: “La educación continua será impartida por instituciones que cuenten con condiciones de capacitación en seguridad”.
Las personas que soliciten el registro deberán cumplir con las siguientes condiciones: Obtener Certificado de calificaciones; unidades de producción y negocios dedicadas a la gestión de producción de seguridad y tecnología de seguridad o intermediarios de producción de seguridad dedicados a servicios profesionales de producción de seguridad.
Los ingenieros de seguridad registrados implementan el registro clasificado, y las categorías de registro incluyen: seguridad en minas de carbón; seguridad en minas no relacionadas con el carbón; seguridad de mercancías peligrosas y otras medidas de seguridad;