Opción A, si el contrato de préstamo entre personas naturales no estipula el pago de intereses o la estipulación no es clara, se considerará que no se han pagado intereses;
Opción B, el prestatario y el prestatario Si la tasa de interés acordada excede 4 veces la tasa de cotización del mercado de préstamos a un año cuando se establece el contrato, el acuerdo de exceso de interés no será válido;
Opción d, si el interés se deduce del capital por adelantado, se reembolsará de acuerdo con el monto real del préstamo y se calculará el interés.