Los contratistas deben desarrollar planes de contingencia antes de realizar el trabajo.
El plan de emergencia debe enviarse a las ramas pertinentes de la Oficina de Seguridad de CNOOC y a otros departamentos gubernamentales pertinentes para su archivo.
Artículo 35 El plan de emergencia incluirá los siguientes contenidos principales: la situación básica del operador y contratista, características de peligrosidad y equipo de rescate de emergencia disponible, división de responsabilidades y comunicación del plan de emergencia; , respuesta de emergencia, procesamiento de información, suspensión del estado de emergencia y posterior recuperación y otros procedimientos de eliminación de emergencias;
Artículo 36 El plan de emergencia deberá considerar plenamente el contenido de la operación, las condiciones ambientales de la zona marítima operativa, el tipo de instalaciones operativas, las capacidades de autorrescate y el apoyo externo disponible, y deberá poder prevenir y manejar diversas emergencias y posibilidades de factores de riesgo que conducen a accidentes, y revisarse o complementarse de manera oportuna a medida que cambien las condiciones reales.
Los accidentes y peligros incluyen las siguientes situaciones: reventones fuera de control, incendios y explosiones, daños en plataformas, accidentes de aviones o helicópteros, daños a barcos, daños/fugas de instalaciones y oleoductos de producción de petróleo (gas), fugas de sustancias tóxicas y peligrosas, sustancias radiactivas, proliferación y accidentes de buceo, lesiones graves, muertes, desapariciones, enfermedades infecciosas explosivas y envenenamientos, desastres naturales y otras emergencias;
Artículo 37 Cuando ocurra un accidente o se produzca una situación peligrosa que pueda provocar un accidente, el operador y el contratista implementarán medidas de emergencia de acuerdo con lo establecido en el plan de emergencia para evitar que la situación se expanda y Reducir las víctimas y las pérdidas de propiedad.
Cuando ocurra algún incidente no especificado en el plan de emergencia, el personal en sitio deberá reportarlo oportunamente al responsable. El responsable deberá tomar las medidas correspondientes de manera oportuna.
Artículo 38 Después de que ocurran accidentes y peligros, las partes relevantes, el personal en el sitio, los operadores, los líderes de los contratistas, las sucursales y la Oficina de Seguridad del Petróleo en alta mar informarán los accidentes paso a paso de acuerdo con las regulaciones pertinentes.
Artículo 39: Después de recibir un informe de accidente importante, la Oficina de Seguridad del Petróleo Marino y sus sucursales y departamentos pertinentes se apresurarán inmediatamente al lugar del accidente y organizarán el rescate y la investigación del accidente.
Artículo 40 Si no hay víctimas ni heridos leves o graves, el responsable del operador o contratista o la persona que éste designe deberá organizar una reunión que involucre producción, tecnología, seguridad y otras cuestiones pertinentes. personal y representantes sindicales. El equipo de investigación del accidente investigó.
La investigación y tratamiento de otros accidentes se llevarán a cabo de acuerdo con la normativa pertinente.
Artículo 41 Los operadores establecerán un sistema de análisis estadístico de accidentes y realizarán análisis estadísticos de accidentes de forma periódica. Los informes anuales de estadísticas de accidentes deben enviarse a las ramas pertinentes de la oficina central y a los departamentos gubernamentales pertinentes.
El operador será responsable de las estadísticas de los accidentes que se produzcan durante la prestación de los servicios del contratista.