(Promulgada por Orden N° 77 del Consejo de Estado de la República Popular China el 22 de marzo de 1991 y revisada de conformidad con la “Decisión del Consejo de Estado sobre la Abolición y Modificación de Algunos Reglamentos Administrativos” de 8 de enero de 2011) Artículo tercero 13 Los departamentos pertinentes del Consejo de Estado y los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central podrán formular detalles de implementación de conformidad con este Reglamento. Artículo 34: El presente Reglamento entrará en vigor a partir de la fecha de su promulgación.