Reglamento de Gestión del Transporte de Mercancías Peligrosas de la Aviación Civil (2016)

Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Con el fin de fortalecer la gestión del transporte aéreo de mercancías peligrosas, promover el desarrollo del transporte aéreo de mercancías peligrosas y garantizar la seguridad del transporte aéreo, el presente reglamento se formula de conformidad con la Ley de Aviación Civil de la República. República Popular China y leyes y reglamentos administrativos pertinentes. Artículo 2 Estas regulaciones se aplican a los operadores de transporte aéreo público nacional (en lo sucesivo, operadores nacionales), a los operadores de transporte aéreo público extranjeros que operan rutas regulares o vuelos no regulares entre países extranjeros y China (en lo sucesivo, operadores extranjeros), y aquellos con Cualesquiera unidades y personas relacionadas con el transporte aéreo de mercancías peligrosas. Artículo 3 La Administración de Aviación Civil de China (en adelante, la Administración de Aviación Civil), de conformidad con sus funciones, supervisará y gestionará el transporte aéreo de mercancías peligrosas en todo el país, y la Administración Regional de Aviación Civil de China (en lo sucesivo, la Administración de Aviación Civil) deberá, de conformidad con sus funciones, supervisar y gestionar el transporte aéreo de mercancías peligrosas dentro de su jurisdicción. Artículo 4 Salvo disposición en contrario en las disposiciones especiales, los siguientes términos en este reglamento tienen los siguientes significados:

(1) "Mercancías peligrosas" se refiere a aquellas enumeradas en la lista de mercancías peligrosas en los reglamentos técnicos o clasificados según la normativa, artículos o sustancias que pueden provocar un peligro para la salud, la seguridad, la propiedad o el medio ambiente.

(2) "Reglamentos Técnicos" se refiere al "Reglamento Técnico para la Seguridad del Transporte Aéreo de Mercancías Peligrosas" (Doc9284) aprobado y publicado periódicamente de acuerdo con los procedimientos establecidos por el Consejo de la OACI.

(3) "Operador" se refiere a una empresa de transporte aéreo público que utiliza aeronaves civiles para transportar pasajeros, equipaje, carga y correo con fines lucrativos, incluidos operadores nacionales y operadores extranjeros.

(4) "Remitente" se refiere a la persona que celebra un contrato de transporte de carga con el transportista y firma la guía aérea o registro de carga.

(5) "Agente de ventas de carga" se refiere a una empresa autorizada por el operador para realizar ventas de carga por transporte aéreo en nombre del operador.

(6) "Agente de servicios terrestres" se refiere a una empresa autorizada por el operador para realizar diversos servicios de transporte aéreo terrestre en nombre del operador.

(7) "Mercancías consignadas" se refiere a uno o más bultos de mercancías peligrosas recibidos por el operador del transportista en una dirección a la vez, emitidos por el consignatario según lote y dirección de destino.

(8) "Capitán" se refiere al piloto designado por el operador que tiene funciones de mando durante el vuelo y es responsable de la operación segura del vuelo.

(9) "Accidente de mercancías peligrosas" se refiere a un accidente relacionado con el transporte aéreo de mercancías peligrosas que causa lesiones personales graves o fatales o pérdidas importantes de propiedad o daños ambientales.

(10) "Incidente de mercancías peligrosas" se refiere a un incidente que es diferente de un accidente de mercancías peligrosas pero que está relacionado con el transporte aéreo de mercancías peligrosas. No necesariamente ocurre en una aeronave, pero causa daños personales. lesiones, pérdidas de propiedad o daños ambientales, incendios, daños, derrames, fugas de líquidos, fugas radiactivas u otras circunstancias en las que el embalaje no mantenga su integridad. También se considera síntoma de incidente de mercancías peligrosas cualquier accidente relacionado con el transporte aéreo de mercancías peligrosas que ponga en grave peligro a la aeronave o a las personas a bordo.

(11) "Excepciones" se refiere a las disposiciones de estas regulaciones que eximen ciertos artículos de mercancías peligrosas de los requisitos.

(12) "Embalaje" se refiere al producto completo de la operación de embalaje, incluyendo el embalaje y el contenido a transportar.

(13) “Embalaje colectivo” se refiere al cierre utilizado por el transportista para cargar uno o más bultos y formar una unidad operativa para facilitar la operación y carga. Esta definición no incluye contenedores.

(14) "Contenedor" significa cualquier tipo de contenedor de carga, contenedor de avión, paleta de avión con red o paleta de avión con cobertizo de contenedor con red, y esta definición no incluye el embalaje colectivo.

(15) "Embalaje", significa los contenedores y cualesquiera otras partes o materiales capaces de contenerlos.

(16) "País de origen" se refiere al país donde las mercancías se cargan por primera vez en la aeronave.

(17) "Número ONU" significa un código de cuatro dígitos asignado por el Comité de Expertos de las Naciones Unidas en Transporte de Mercancías Peligrosas para identificar una sustancia o un grupo específico de sustancias. Artículo 5 Los operadores y otras unidades y personas que se dediquen al transporte aéreo de mercancías peligrosas deberán cumplir con los reglamentos técnicos vigentes, la información complementaria y sus anexos, pero las leyes, reglamentos administrativos, reglas y otros documentos normativos de la Administración de Aviación Civil del Pueblo. República de China en caso contrario Excepto lo especificado.

Artículo 6 Las unidades pertinentes dedicadas al transporte aéreo de mercancías peligrosas establecerán un sistema de autoinspección para realizar autoinspecciones de los manuales de transporte aéreo, procedimientos de gestión, planes de capacitación, calificaciones del personal, etc. que estén directamente relacionados con la seguridad del transporte aéreo. mantenerlos actualizados y eficaces, e implementar estrictamente las regulaciones pertinentes. Capítulo 2 Restricciones y Exenciones para el Transporte Aéreo de Mercancías Peligrosas Artículo 7 El transporte aéreo de mercancías peligrosas deberá cumplir con las especificaciones y procedimientos detallados especificados en este Reglamento y las Instrucciones Técnicas. Artículo 8 Salvo las exenciones previstas en los artículos 12 y 13 de este reglamento o con la aprobación del país de origen de acuerdo con los reglamentos técnicos, está prohibido cargar en aeronaves las siguientes mercancías peligrosas:

(1) Reglamentos técnicos Mercancías peligrosas cuyo transporte está prohibido en circunstancias normales;

(2) Animales vivos infectados. Artículo 9 Está prohibido enviar por correo mercancías peligrosas por vía aérea o transportar mercancías peligrosas por vía aérea, salvo disposición en contrario de los reglamentos técnicos.

Está prohibido ocultar mercancías peligrosas o tergiversarlas como carga ordinaria como el correo aéreo.

Las empresas postales y empresas de mensajería urgente que reciban y envíen mercancías peligrosas serán sancionadas de conformidad con lo dispuesto en la "Ley Postal de la República Popular China".