Base legal: Artículo 40 de las “Disposiciones Provisionales sobre el Empleo de Egresados de Colegios y Universidades Generales” Si durante el proceso de despacho existen circunstancias especiales que requieran ajuste y reasignación, el proceso se manejará de conformidad con los siguientes principios: Empleadores dentro de la jurisdicción de provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central. Si se realizan ajustes entre unidades, el departamento local de asignación de graduados revisará y aprobará los procedimientos de transferencia si se realizan ajustes entre ministerios, comisiones; , provincias (regiones autónomas, municipios directamente dependientes del gobierno central), después de la revisión y aprobación por parte de las autoridades escolares, el plan de ajuste se informará a la Comisión Estatal de Educación para su aprobación y se emitirá, el departamento local de asignación de graduados competente donde se encuentra la escuela. manejará los procedimientos de reasignación de acuerdo con el plan de ajuste; el ajuste y reasignación de los graduados debe realizarse dentro de un año, y los procedimientos de ajuste y reasignación pertinentes no se procesarán después de la fecha límite. Los ajustes post-empleo de los egresados se tramitarán de conformidad con la normativa aplicable al personal en servicio.
¿Qué significa la reasignación de graduados?
Análisis legal: Si los graduados tienen intenciones de empleo y cambian de unidad, deben pasar por los procedimientos de reasignación de manera oportuna, de lo contrario afectará la implementación y liquidación de sus relaciones personales. El proceso específico es: el egresado firma un contrato de trabajo con la unidad receptora o el solicitante emite un aviso de admisión específico y se entregan los expedientes. Los graduados pueden solicitar la transferencia de trabajo a la unidad receptora original con su certificado de registro, acuerdo de empleo o aviso de admisión y carta de transferencia de archivos.