Procedimientos de nombramiento y destitución de personal del Comité Permanente del Congreso Popular Provincial de Jiangsu

Procedimientos de nombramiento y destitución de personal del Comité Permanente del Congreso Popular Provincial de Jiangsu

(El Séptimo Congreso Popular de la Provincia de Jiangsu el 25 de diciembre de 1988

El Comité Permanente de la República Popular China Adoptado en la Sexta Reunión)

Con el fin de cumplir con las facultades de nombramiento y remoción de personal del Comité Permanente de conformidad con la ley y estandarizar e institucionalizar el trabajo de nombramiento y remoción de personal. , de conformidad con la Constitución, la Ley Orgánica de las Asambleas Populares Locales en todos los niveles y los gobiernos populares locales en todos los niveles, Las disposiciones pertinentes de la Ley Orgánica de los Tribunales Populares, la Ley Orgánica de la Fiscalía Popular y las Medidas para Nombramiento y Remoción de Personal del Comité Permanente del Congreso Popular Provincial estipulan los siguientes procedimientos para el nombramiento y remoción de personal:

(1) Países que requieren el nombramiento y remoción por parte del Comité Permanente Para el personal, la agencia que propone nombramiento o remoción deberán hacer los preparativos antes de hacer la propuesta. La agencia solicitante deberá realizar una inspección integral de los candidatos propuestos para su nombramiento con base en los estándares de cuadros que tengan capacidad e integridad política, utilizando métodos tales como evaluación democrática y recomendación democrática y se proporcionarán las razones del despido para aquellos propuestos para su destitución; . La agencia solicitante deberá presentar un caso de nombramiento y despido de personal al Comité Permanente por escrito quince días antes de la reunión del Comité Permanente, y presentar los materiales de inspección y los informes de nombramiento y despido de personal de las personas propuestas para su nombramiento.

(2) El Comité de la Cámara del Comité Permanente es responsable de la revisión preliminar de los materiales de nombramiento y remoción de personal presentados a la agencia, y se prepara para la discusión en la Asamblea de Directores. Si la situación de la persona propuesta para nombramiento o despido no está clara, o los materiales presentados no cumplen con los requisitos, la agencia solicitante debe comprender mejor y enviar los materiales relevantes.

(3) La Reunión del Presidente del Comité Permanente deberá, sobre la base de la revisión preliminar de los materiales de nombramiento y remoción de personal por parte del Comité de Asuntos Internos, escuchar los informes de los jefes de las agencias solicitantes y departamentos pertinentes sobre los casos de nombramiento y destitución de personal, y decidir si presenta el caso al Comité Permanente para su revisión.

Si la Asamblea de Directores tiene opiniones diferentes sobre el personal a proponer para su nombramiento o remoción, la agencia presentadora deberá realizar una investigación adicional, pudiendo también participar en la investigación y entendimiento el Comité de la Cámara.

(4) Al inicio de la reunión del Comité Permanente, el caso de nombramiento y remoción del personal y los materiales de inspección de las personas propuestas para su nombramiento se enviarán a los miembros del Comité Permanente que asistan a la reunión. para su revisión, a fin de facilitar la preparación para la deliberación.

(5) Los casos de nombramiento y despido de personal sometidos a la deliberación del Comité Permanente deben presentarse al líder oficial de la agencia (cuando el funcionario no puede asistir a la reunión por algún motivo, se puede encomendar al suplente) , se deberá dar una explicación en el pleno de la Comisión Permanente, e introducir la información básica como desempeño laboral, calidad ideológica, concepto jurídico, nivel profesional y capacidad de liderazgo organizacional de la persona propuesta para su nombramiento.

(6) Cuando el Comité Permanente se reúne para revisar casos de nombramiento y despido de personal, los jefes de las agencias solicitantes y los departamentos relevantes deben asistir a la reunión para escuchar sus opiniones y responder las preguntas planteadas durante la revisión. Cuando sea necesario, se podrá convocar a la persona propuesta para su nombramiento para que se reúna con los miembros de la Comisión Permanente.

(7) Durante la reunión del Comité Permanente, durante la revisión del caso de nombramiento y despido de personal, si existen opiniones diferentes sobre algunos de los candidatos y hay controversia, la reunión de directores considerar y decidir no votar por el momento, y la agencia solicitante puede tomar una decisión. Se llevarán a cabo más investigaciones para determinar si se continúa presentando la solicitud para su revisión.

(8) Los casos de nombramiento de personal revisados ​​en la reunión del Comité Permanente se votarán mediante votación secreta y los casos de aprobación de nombramiento se votarán generalmente a mano alzada. La propuesta de nombramiento o destitución de funcionarios estatales debe ser aprobada por más de la mitad de todos los miembros del Comité Permanente antes de que pueda ser aprobada.

(9) El nombramiento y remoción de funcionarios estatales aprobados por la reunión del Comité Permanente será anunciado por el Comité Permanente y se presentará una notificación por escrito a la autoridad de nombramiento y remoción. Cualquier funcionario estatal que deba ser nombrado o destituido por el Comité Permanente de conformidad con la ley no podrá renunciar o renunciar sin la aprobación del Comité Permanente, ni será anunciado al mundo exterior.

(10) Para el personal nacional designado por el Comité Permanente, el director o subdirector del Comité Permanente deberá emitir una carta de nombramiento.

(11) El Comité Permanente debería fortalecer la supervisión del personal nacional designado. Los miembros del gobierno y los jefes de tribunales y fiscalías participarán en evaluaciones anuales unificadas del trabajo organizadas de conformidad con las normas pertinentes. El Comité Permanente también podrá escuchar informes sobre el desempeño de sus funciones por parte del personal pertinente antes mencionado.

(12) El Comité Permanente podrá decidir remover de sus puestos al siguiente personal de acuerdo con los siguientes procedimientos.

Si es necesario destituir de sus cargos a vicegobernadores individuales y otros miembros del gobierno provincial, el gobernador deberá presentar una propuesta por escrito, que se presentará al Comité Permanente para su revisión y decisión después de su discusión en la Asamblea de Directores.

Si el personal nacional del Tribunal Superior Popular Provincial y de la Fiscalía Popular Provincial nombrados por el Comité Permanente necesita ser despedido de sus cargos, el presidente del tribunal y el fiscal jefe de la Fiscalía, respectivamente, presentarán una propuesta por escrito, la cual será elevada al Comité Permanente para su revisión luego de su discusión en la reunión de directores.

Si un miembro del personal del Comité Permanente designado por el Comité Permanente necesita ser removido de su cargo, la decisión se presentará al Comité Permanente para su deliberación y decisión después de la discusión en la Asamblea de Directores. .