Decisión del Comité Permanente de la Asamblea Popular Provincial de Jiangsu sobre la prohibición de la identificación del género fetal que no sea médicamente necesaria y de la interrupción artificial del embarazo selectiva por género

1. Mantener un equilibrio básico en la proporción de sexos al nacer es una responsabilidad importante de los gobiernos populares locales en todos los niveles. Los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior deben incorporar la gestión y la prevención del desequilibrio de la proporción de sexos al nacer en los planes de desarrollo demográfico e implementar un sistema de responsabilidad de gestión objetivo.

Los gobiernos populares locales en todos los niveles deberían tomar medidas para recompensar a las familias que implementen la planificación familiar, lleven a cabo actividades para cuidar a las niñas, apoyen a los hogares rurales con un solo hijo, establezcan y mejoren los sistemas de seguridad social urbanos y rurales. y promover una proporción equilibrada de sexos al nacer. 2. Los departamentos administrativos de población y planificación familiar a nivel de condado o superior, bajo la dirección del gobierno popular del mismo nivel, son responsables de la organización y aplicación del tratamiento del desequilibrio de la proporción de sexos al nacer.

Los departamentos administrativos de población y planificación familiar, salud y supervisión y administración de alimentos y medicamentos a nivel de condado o superior deben formular tecnología de ultrasonido y equipos de detección de cromosomas y tecnología relacionada con la identificación del género fetal, la interrupción artificial de la cirugía del embarazo, examen del estado del embarazo y interrupción artificial Sistemas de gestión para la venta y uso de medicamentos para el embarazo, notificación oportuna de información relevante y fortalecimiento de la supervisión y gestión de la identificación del género fetal y la interrupción artificial del embarazo.

Los departamentos administrativos como los de educación, seguridad pública, asuntos civiles, trabajo y seguridad social, y agricultura a nivel de condado o superior deben, de acuerdo con sus respectivas responsabilidades, coordinarse para gestionar integralmente y prevenir el desequilibrio de Proporción de sexos al nacer. 3. Está prohibido que cualquier institución o individuo utilice diagnóstico ultrasónico o pruebas cromosómicas y otras tecnologías para la identificación del género fetal que no sea médicamente necesaria.

Ninguna institución o individuo podrá realizar la identificación del género fetal médicamente necesaria sin autorización. Las instituciones médicas y de atención de salud que realizan la identificación del género fetal para necesidades médicas serán designadas por el departamento administrativo de salud provincial, anunciadas al público y notificadas a los departamentos administrativos de población y planificación familiar del mismo nivel.

Si uno o ambos cónyuges han sido diagnosticados con una enfermedad hereditaria por una institución médica o de atención sanitaria a nivel de condado o superior, y si se sospecha que el feto puede tener una enfermedad hereditaria ligada al sexo y Si es necesario identificar el sexo del feto, el asunto será designado por el departamento administrativo de salud provincial.

La identificación del género fetal para necesidades médicas estará sujeta a revisión y aprobación colectiva por más de tres expertos de la agencia implementadora de la identificación, y será realizada por personal calificado de acuerdo con las especificaciones técnicas operativas estipuladas por el estado. . Después del diagnóstico, si realmente es necesario interrumpir el embarazo, la agencia de implementación de la evaluación emitirá una opinión de diagnóstico médico y notificará al departamento administrativo de población y planificación familiar a nivel del condado en el lugar de residencia o residencia de la persona en cuestión. 4. Está prohibido que cualquier institución o individuo realice una interrupción artificial del embarazo que no sea médicamente necesaria mediante la selección de género.

Está prohibido organizar o presentar a mujeres embarazadas para que se sometan a una identificación del género fetal que no sea médicamente necesaria o a una interrupción artificial del embarazo que no sea médicamente necesaria mediante la selección de género. 5. Después del diagnóstico prenatal realizado por una institución médica y de atención de salud a nivel de condado o superior, si ocurre una de las siguientes circunstancias, el embarazo puede interrumpirse artificialmente con una opinión de diagnóstico médico emitida por una institución médica y de atención de salud con las calificaciones correspondientes:

(1) El feto padece enfermedades genéticas graves

(2) El feto tiene defectos graves

(3) Continuar el embarazo con una enfermedad grave; La enfermedad puede poner en peligro la vida de la mujer embarazada o causar daños graves. Las mujeres embarazadas están sanas.

Si la interrupción artificial del embarazo de emergencia es necesaria en las circunstancias especificadas en el inciso (3) del párrafo anterior, la institución que realiza la interrupción artificial del embarazo podrá realizar la operación de manera oportuna con base en los resultados del diagnóstico. , y notificar a la población a nivel del condado del lugar donde se encuentra dentro de los diez días posteriores a la operación y los informes del departamento administrativo de planificación familiar. 6. Las mujeres que cumplan con las condiciones legales de fertilidad y hayan estado embarazadas durante más de catorce semanas no podrán interrumpir artificialmente su embarazo mediante selección de género, excepto por necesidades médicas. Para aquellas que necesiten interrupción artificial del embarazo por medidas de manejo no selectivas. con certificación se adoptarán las medidas específicas que determine el Gobierno Popular Provincial de conformidad con el Reglamento.

Los departamentos administrativos de población y planificación familiar y las instituciones de tratamiento protegerán la privacidad de las partes de conformidad con la ley. 7. Ninguna institución o individuo podrá realizar la interrupción artificial del embarazo sin la aprobación de los departamentos administrativos de salud o de población y planificación familiar.

La interrupción artificial del embarazo de mujeres que tengan más de catorce semanas de embarazo deberá ser realizada por una institución médica o de atención de salud o una institución de servicio técnico de planificación familiar que haya obtenido la “Licencia de Ejercicio para Instituciones Médicas” o la “Licencia de Ejercicio de Instituciones de Servicio Técnico de Planificación Familiar” Implementada en el ámbito de los proyectos empresariales aprobados.

La institución quirúrgica verificará el dictamen de diagnóstico médico o los certificados pertinentes, registrará las cirugías una por una y archivará las copias del dictamen de diagnóstico médico o del certificado junto con los registros quirúrgicos, e informará el estado de la interrupción artificial del embarazo cada seis meses. El formulario debe completarse y enviarse al departamento administrativo de salud del nivel del condado donde se encuentra, y se debe enviar una copia al departamento administrativo de población y planificación familiar del mismo nivel. 8. Las instituciones médicas y de atención de salud que realicen partería deberían establecer un sistema de registro de partería. Los departamentos administrativos de salud a nivel de condado o superior informarán el número total de recién nacidos y la proporción de sexos a los departamentos administrativos de población y planificación familiar al mismo nivel cada seis meses.

Está prohibido informar falsamente u ocultar la muerte de un recién nacido. Si un recién nacido muere en una institución médica o de atención de salud, la institución médica o de atención de salud deberá emitir de inmediato un certificado de defunción y notificar al departamento administrativo de población y planificación familiar a nivel del condado del lugar donde está registrado el recién nacido dentro de los 30 días posteriores al certificado. se emite si el recién nacido muere en un lugar que no sea una institución médica o de atención de salud. Si el recién nacido muere, los padres deberán informarlo al gobierno popular del municipio (ciudad) y a la oficina del subdistrito dentro de los treinta días posteriores a la muerte del; recién nacido, si es necesario, el gobierno popular del municipio (ciudad) y la oficina del subdistrito lo verificarán y las partes interesadas cooperarán y proporcionarán la información pertinente. El gobierno popular del municipio y la oficina del subdistrito notificarán al departamento administrativo de planificación familiar y población a nivel del condado donde se encuentran dentro de los 30 días posteriores a la recepción del informe.