Las funerarias son instituciones públicas afiliadas a los departamentos de asuntos civiles de varias regiones. Están ubicadas en ciudades y pueblos y son instituciones profesionales que se ocupan de asuntos funerarios. La funeraria cuenta con departamentos como la sala de consulta funeraria, la sala de enlace de empresas funerarias y el taller de cremación (crematorio). Las funerarias brindan servicios a las familias en duelo, como recogida de cadáveres, provisión de sitios conmemorativos, cremación, almacenamiento de cenizas, etc. Las funerarias son instituciones funerarias de bienestar público. Profundizar la reforma del sistema y mecanismo de funerarias, implementar la perspectiva científica sobre el desarrollo, promover el desarrollo de empresas de bienestar público y mejorar aún más la vitalidad de las instituciones públicas ayudará a fortalecer el desempeño del gobierno en sus responsabilidades de servicio público y mejorará el sistema de servicio público. , promover la equiparación de los servicios públicos básicos y resaltar los atributos de bienestar público de las instituciones de bienestar público. Optimizar la asignación de recursos, promover el espíritu de desarrollo saludable de las empresas de bienestar público y satisfacer continuamente las necesidades de servicios funerarios del pueblo.
Base Legal
Reglamento de Gestión Funeraria
Artículo 7 Las funerarias son organizaciones de bienestar público sin fines de lucro que prestan servicios de transporte de cadáveres, refrigeración y cremación. Otras agencias de servicios funerarios pueden participar en otros servicios funerarios comerciales distintos del transporte de cuerpos, la refrigeración y la cremación. Artículo 8 Los departamentos de asuntos civiles de los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central formularán planes para el número, diseño y escala de las funerarias en función de las necesidades de cremación de sus respectivas regiones administrativas, y presentarán a los gobiernos populares del mismo nivel para su revisión y aprobación. Una vez aprobada la creación de una funeraria, ésta debe registrarse como institución pública de conformidad con la ley. Artículo 9 Los vehículos de transporte, congeladores, máquinas cremadoras y demás equipos funerarios utilizados por las funerarias deberán cumplir con las normas técnicas prescritas por el Estado. Las funerarias deben actualizar y renovar los equipos de cremación que no cumplan con las normas técnicas nacionales para prevenir la contaminación ambiental. Artículo 11 Las funerarias deberán desinfectar los vehículos utilizados para el transporte de restos. Los vehículos que transporten enfermedades infecciosas de Clase A o B, como SARS, ántrax y restos humanos infectados con influenza aviar altamente patógena, deben ser desinfectados por instituciones médicas y de salud para garantizar la seguridad de la salud pública.