Hay muchos demandantes, parece que todos están demandando juntos y sus opiniones no están unificadas, por lo que no deberían poder elegir un representante en este momento, si son demandantes comunes, lo harán. pueden demandarse entre sí. Las demandas civiles ordinarias se pueden presentar por separado. Si es necesario presentar una demanda civil, debe participar en ella. La Ley de Procedimiento Civil tiene las siguientes disposiciones:
Artículo 55: Si una o ambas partes son dos o más personas, y el objeto de su litigio es el mismo, o el objeto del litigio es de En la misma categoría, el Tribunal Popular lo considera apropiado. Si los casos se juzgan juntos y las partes están de acuerdo, los casos se considerarán como litigio conjunto.
Si una de las partes en un mismo pleito tiene los mismos derechos y obligaciones respecto del objeto del pleito, y la conducta litigante de una de ellas es reconocida por otros *** mismos litigantes, la otra *** los mismos litigantes surten efecto; si no hay igualdad de derechos y obligaciones respecto de la materia del litigio, el acto litigante de una de las partes no surtirá efecto frente a los demás colitigantes.
Artículo 56: En un pleito pluripartito en el que intervengan un gran número de partes, las partes podrán seleccionar un representante para conducir el litigio. Las acciones litigiosas del representante son efectivas para la parte que representa, pero el representante debe obtener el consentimiento de la parte representada si el representante cambia o abandona las reclamaciones del litigio, o admite las reclamaciones del litigio de la otra parte, o realiza un acuerdo.