La participación de los fondos propios de una sociedad de valores que participan en un plan colectivo único no excederá el 20% de la participación total del plan. Debido a factores objetivos como los cambios en la escala de los planes colectivos, las compañías de valores deben estipular claramente los principios de manejo en el contrato y realizar los ajustes oportunos de conformidad con la ley.
Preguntas del examen de administrador de activos
Respuesta: c