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15.65438

Durante la ejecución de este contrato, cualquier evento de fuerza mayor imprevisible, inevitable, inevitable e incontrolable le ocurre a cualquiera de las partes, lo que resulta en la imposibilidad de ejecutar el contrato o en la imposibilidad de ejecutar el contrato según lo programado. La parte que ha experimentado el evento de fuerza mayor ha rescindido la ejecución para evitar la responsabilidad derivada de un contrato o el retraso en la ejecución de un contrato.

15.2 Los eventos de fuerza mayor especificados en el artículo 15.1 de este contrato incluyen: eventos causados ​​por causas naturales, tales como terremotos, inundaciones, huracanes, olas de frío, erupciones volcánicas, fuertes nevadas, incendios, desastres de hielo, tormentas, etc. y eventos provocados por causas sociales, como guerras, huelgas, prohibiciones gubernamentales, bloqueos, etc.

Los eventos de fuerza mayor especificados en 15.1 de este contrato incluyen: eventos causados ​​por causas naturales, tales como terremotos, inundaciones, huracanes, olas de frío, erupciones volcánicas, fuertes nevadas, incendios, desastres por hielo, tormentas, etc. .; y eventos causados ​​por causas sociales, tales como guerras, huelgas, prohibiciones gubernamentales, bloqueos, etc.

15.3 La parte donde ocurra la fuerza mayor deberá notificar a la otra parte por escrito dentro de los 15 días posteriores a la fuerza. ocurre una situación de fuerza mayor, informar a la otra parte de los detalles de la fuerza mayor y presentar un documento formal que demuestre que la fuerza mayor afecta la ejecución del documento del contrato.

La parte que experimente fuerza mayor deberá notificar a la otra parte por escrito dentro de los 15 días posteriores a que ocurra la fuerza mayor, informar a la otra parte de las circunstancias detalladas de la fuerza mayor y presentar documentos de certificación formales que demuestren el alcance de la fuerza mayor. que la fuerza mayor afecte a la ejecución del contrato.

15.4 Si el contrato no puede ejecutarse por causa de fuerza mayor antes del inicio de la exposición, se rescindirá el contrato, se reembolsará el alquiler pagado sin intereses, y ninguna de las partes será responsable de la otra. compensación de la pérdida de la parte.

Si se produce fuerza mayor antes del inicio del contrato y este contrato no se puede ejecutar, el contrato deberá rescindirse y las tarifas de alquiler pagadas deberán reembolsarse. Ambas partes no serán responsables de la compensación por la pérdida de la otra parte. .

15.5 Si este contrato no se puede ejecutar debido a fuerza mayor durante la exposición, este contrato se rescindirá y la tarifa de alquiler pagada se liquidará en función del tiempo de uso real (días, si lo hubiera). saldo, será devuelto a la Parte B sin intereses, y ninguna de las partes será responsable de las pérdidas de la otra parte.

Si ocurre fuerza mayor durante la exposición y este contrato no se puede ejecutar, este contrato deberá rescindirse si el alquiler pagado se ha liquidado de acuerdo con el período de facturación real (día) y el saldo se devuelve a. Parte B, ambas partes no serán responsables ante la otra parte de indemnización por daños y perjuicios.

15.6 Si la ejecución de este contrato se aplaza por causa de fuerza mayor, ambas partes negociarán y firmarán por separado un acuerdo complementario sobre el aplazamiento de la ejecución. Si las partes no logran llegar a un acuerdo sobre el cumplimiento retrasado, el asunto se resolverá de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.4 y 15.5.

Si se produjera fuerza mayor y fuera necesario aplazar la ejecución del presente contrato, ambas partes negociarán y firmarán por separado un acuerdo complementario sobre el aplazamiento de la ejecución. Si ambas partes no pudieran llegar a un acuerdo sobre la prórroga del cumplimiento, el asunto se resolverá de conformidad con lo dispuesto en 15.4 y 15.5.