Los técnicos en salud con posiciones profesionales y técnicas intermedias o superiores deben participar en actividades de educación médica continua y obtener 25 créditos cada año, de los cuales la Categoría I requiere de 5 a 10 créditos y la Categoría II requiere de 15 a 20 créditos. El personal médico de los hospitales de todas las provincias, regiones autónomas y municipios debe obtener de 5 a 10 créditos de proyectos nacionales en un plazo de 5 años.
Las actividades de educación médica continua implementan un sistema de créditos y se dividen en dos categorías: créditos de Categoría I y créditos de Categoría II según la naturaleza de las actividades.
Créditos de primera categoría otorgados:
1: Proyectos aprobados por el Comité de Educación Médica Continua del Ministerio de Salud
2. provincias, regiones autónomas y municipios Proyectos organizados por unidades aprobadas o autorizadas por el comité;
3 Proyectos organizados por colegios y universidades afiliados al Ministerio de Salud, unidades directamente dependientes del Ministerio de Salud y del General Chino. Colegio Médico, y específicamente radicado ante el Comité de Educación Médica del Ministerio de Salud. ?
Crédito Categoría II:
Actividades de autoestudio y otras formas de educación médica continua.