Si un maestro golpea violentamente a un estudiante, ni la escuela ni la Oficina de Educación se ocuparán de ello. ¿A qué departamento debemos presentar una queja?

Los profesores que golpeen a los estudiantes pueden denunciarlo directamente a la Oficina de Educación. Los docentes deben cumplir con sus obligaciones educativas de acuerdo con sus responsabilidades. Cualquier comportamiento que infrinja los derechos de los estudiantes debe ser considerado legalmente responsable. Los interesados ​​podrán presentar las pruebas pertinentes a las autoridades competentes para su notificación y tramitación.

1. ¿Qué debo hacer si un profesor golpea a un alumno?

Puede presentar una queja ante el departamento administrativo de la oficina de educación local. Las violaciones comunes por parte de los maestros incluyen:

(1) Castigo corporal de los estudiantes.

Aunque los departamentos de administración educativa de todos los niveles han estado enfatizando la prohibición del castigo corporal en los últimos años, el castigo corporal todavía existe en la educación y la práctica docente. El castigo corporal incluye tanto el castigo corporal directo, como que los profesores golpeen a los estudiantes y les ordenen que se golpeen entre sí, como el castigo corporal encubierto, como castigar a los estudiantes por correr largas distancias. Muchas leyes, como la Ley de Educación, la Ley de Maestros y la Ley de Protección de Menores, estipulan que los maestros no pueden castigar corporalmente a los estudiantes. Si el castigo corporal del maestro causa un cierto grado de daño a los estudiantes, el maestro puede incluso ser considerado penalmente responsable por lesiones intencionales.

(2) Insultar a los estudiantes.

Insultar a los estudiantes es un acto que vulnera el derecho a la reputación de los estudiantes. Las manifestaciones específicas incluyen sarcasmo, insultos y abusos contra los estudiantes, causando daños a la dignidad personal y la salud mental de los estudiantes.

(3) Violación de los derechos de propiedad de los estudiantes.

2. Disposiciones pertinentes de la “Ley del Profesorado”

Artículo 37

Si un docente presenta alguna de las siguientes circunstancias, el centro educativo donde labora u otras instituciones educativas o departamentos administrativos de educación imponen sanciones administrativas o despidos: (1) no completar deliberadamente las tareas educativas y docentes, causando pérdidas a la educación y el trabajo docente; (2) castigar corporalmente a los estudiantes, lo cual es ineficaz después de la educación; Tener mala conducta, insultar a los estudiantes y afectar a los estudiantes de manera vil. Si un docente comete alguna de las circunstancias enumeradas en los puntos (2) y (3) del párrafo anterior, y las circunstancias son lo suficientemente graves como para constituir un delito, será considerado penalmente responsable de conformidad con la ley.

Artículo 38

Si un gobierno popular local viola las disposiciones de esta Ley al no pagar los salarios de los docentes o infringir otros derechos e intereses legítimos de los docentes, le ordenará que haga correcciones en un plazo determinado. Cualquier persona que viole el sistema financiero nacional y el sistema financiero, malversa los fondos nacionales de educación financiera, obstaculice gravemente la educación y el trabajo docente, incumpla los salarios de los docentes y dañe los derechos e intereses legítimos de los docentes, será ordenado por la autoridad superior a devolver los fondos malversados. los fondos en un plazo determinado, y se impondrán sanciones administrativas a los directamente responsables; si las circunstancias son suficientemente graves para constituir delito, la responsabilidad penal se perseguirá conforme a la ley;

Artículo 39

Si un maestro está insatisfecho con el comportamiento de una escuela u otra institución educativa que infringe sus derechos e intereses legítimos, o está insatisfecho con el manejo de un escuela u otra institución educativa, puede presentar una queja ante la administración de educación. Si el departamento presenta una queja, el departamento administrativo de educación la manejará dentro de los treinta días a partir de la fecha de recepción de la queja. Si los maestros creen que los departamentos administrativos pertinentes del gobierno popular local han violado sus derechos de conformidad con esta ley, pueden presentar una queja ante los departamentos pertinentes del gobierno popular del mismo nivel o ante el gobierno popular del nivel inmediatamente superior. que será manejado por los departamentos pertinentes del gobierno popular en el mismo nivel o el gobierno popular en el nivel inmediatamente superior.

Lo anterior es el informe legal de nuestro país sobre maestros que golpean a estudiantes. Es necesario recopilar el comportamiento real de los maestros que golpean a estudiantes para identificar asuntos relevantes. Después de recibir el informe, los departamentos pertinentes pueden realizar un examen basado en las pruebas y los requisitos pertinentes y responsabilizar legalmente al personal correspondiente.

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