El que violare a una joven menor de catorce años será severamente castigado por el delito de violación.
El que viole a una mujer o a una joven y cometa cualquiera de las siguientes circunstancias, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de diez años, cadena perpetua o muerte:
( a) Violar a una mujer o una niña;
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(2) Violar a mujeres, violar a varias niñas
(3) Violar a mujeres en público en lugares públicos; ;
(4) Violación en grupo de dos o más personas;
(5) Causar lesiones graves, muerte u otras consecuencias graves a la víctima.
De acuerdo con las disposiciones anteriores, si los hechos son claros y el docente no tiene otras circunstancias que “puedan” o “deban” mitigar su pena según lo estipulado en las Disposiciones Generales de la Ley Penal, se encuentra más probabilidades de ser condenado a muerte.