Disposiciones provisionales de la ciudad de Shijiazhuang sobre la formación de funcionarios públicos nacionales

Artículo 1 Con el fin de mejorar la calidad de los funcionarios públicos nacionales, estos reglamentos se formulan de acuerdo con las disposiciones pertinentes de las leyes y reglamentos de los funcionarios públicos nacionales y en combinación con la situación real de esta ciudad. Artículo 2 El presente reglamento se aplica a la formación de los funcionarios públicos nacionales por debajo del nivel de división (incluidas las unidades gestionadas con referencia al sistema nacional de función pública, lo mismo a continuación).

La capacitación de los funcionarios públicos nacionales a nivel de condado o superior se llevará a cabo de acuerdo con las regulaciones pertinentes. Artículo 3 El departamento administrativo de personal municipal es el departamento competente a cargo de la capacitación de los funcionarios públicos nacionales en la ciudad. Los departamentos administrativos de personal del condado (ciudad) y del distrito son responsables de la capacitación y gestión de los funcionarios públicos nacionales de acuerdo con este reglamento. .

Todos los departamentos profesionales del gobierno municipal son responsables de gestionar la formación en conocimientos profesionales de los funcionarios nacionales de su propio sistema de acuerdo con lo establecido en el plan de formación. Artículo 4 El departamento de administración de personal municipal trabajará con los departamentos pertinentes para preparar un borrador de plan para la capacitación de los funcionarios públicos nacionales en esta ciudad y determinar la ideología rectora, los principios básicos, los objetivos generales y las tareas de la capacitación de los funcionarios públicos nacionales en esta ciudad. .

Una vez que el gobierno municipal apruebe el borrador del plan nacional de capacitación de funcionarios públicos, los departamentos administrativos de personal y los departamentos profesionales relevantes de todos los niveles serán responsables de organizarlo e implementarlo. Artículo 5 La formación de los funcionarios públicos nacionales debe respetar el principio de coherencia en el aprendizaje y la aplicación, centrarse en mejorar la calidad y evitar superposiciones y duplicaciones. Está prohibido organizar capacitaciones en hoteles de alto nivel, unidades de recepción o atracciones turísticas fuera de la ciudad. Artículo 6 Los departamentos administrativos de personal de cada condado (ciudad) y distrito y los departamentos profesionales del gobierno municipal prepararán, de acuerdo con el plan, un borrador del plan nacional anual de capacitación de funcionarios públicos para la región y el sistema y lo presentarán al departamento administrativo de personal municipal antes de finales de marzo de cada año.

El borrador del plan de formación debe aclarar: organizador, tipo de formación, objetos de formación, número de alumnos, tiempo de formación, plan de estudios, profesores, instituciones de enseñanza y estándares de cobro.

El departamento de administración de personal municipal resumirá los borradores de planes presentados y emitirá el plan nacional anual de capacitación de funcionarios públicos de la ciudad después de su revisión y aprobación. Artículo 7 Las agencias administrativas de todos los niveles organizarán cursos de capacitación no planificados basados ​​​​en las condiciones reales de trabajo y los informarán al departamento de administración de personal municipal para su archivo; aquellos que cumplan con las condiciones podrán ser incluidos en el plan nacional anual de capacitación de funcionarios públicos.

Si participa en la capacitación organizada por la autoridad superior, el contenido de la capacitación es el mismo que el plan nacional de capacitación de funcionarios públicos, y luego de presentarlo ante el departamento de administración de personal municipal, puede quedar exento de la capacitación. Tareas para este año. Artículo 8 Los fondos para la formación de los funcionarios nacionales se asignarán a razón del 1,5% del salario total de los funcionarios nacionales. Cuando los fondos para la formación sean insuficientes, los propios organismos administrativos resolverán la cuestión. Las finanzas municipales asignan cada año una determinada cantidad de fondos para la organización y gestión de la formación de los funcionarios públicos en esta ciudad. Artículo 9 La formación de los funcionarios públicos nacionales incluye:

(1) La formación inicial se refiere a la formación de aquellos que son contratados por las agencias administrativas nacionales después de un examen para ocupar puestos no directivos por debajo del jefe de sección, y la duración no será inferior a diez días.

(2) La capacitación en el trabajo se refiere a la capacitación para el personal de liderazgo y no liderazgo a nivel del departamento de promoción y de acciones, que se lleva a cabo de acuerdo con los requisitos de los puestos y puestos correspondientes y dura no menos de quince días.

(3) La capacitación para la actualización de conocimientos se refiere a cursos públicos de capacitación para funcionarios públicos nacionales con el propósito de actualizar, complementar y ampliar conocimientos relevantes, o capacitación empresarial para funcionarios públicos nacionales basada en las necesidades del trabajo empresarial especial. y rotación laboral. Capacitación en conocimientos, no menos de siete días al año. Artículo 10 La capacitación inicial será organizada de manera uniforme por los departamentos de administración de personal en todos los niveles; el departamento de administración de personal municipal será responsable de organizar la capacitación en el trabajo para los funcionarios públicos nacionales a nivel de división, y el condado (ciudad) y Los departamentos de administración de personal de distrito serán responsables de organizar la capacitación en el trabajo de los funcionarios públicos nacionales a nivel de división.

La capacitación inicial y la capacitación en el trabajo deben utilizar materiales de capacitación designados por el departamento superior de administración de personal. Artículo 11 Los departamentos administrativos de personal de todos los niveles son responsables de organizar la formación de los funcionarios nacionales del mismo nivel, salvo disposición en contrario en estas Medidas.

Los cursos de conocimiento público utilizan materiales de capacitación designados por el departamento superior de administración de personal, incluyendo: teoría política, leyes, regulaciones y políticas públicas, conocimientos de economía de mercado, conocimientos científicos y tecnológicos, conocimientos de gestión administrativa y conocimientos de los funcionarios públicos nacionales. normas de comportamiento. Artículo 12 Corresponde a los departamentos profesionales del gobierno municipal organizar cursos de formación profesional para los funcionarios nacionales de este sistema.

Los cursos de conocimientos profesionales utilizan materiales de capacitación designados por departamentos comerciales superiores, que incluyen: conocimientos profesionales, habilidades profesionales y conocimientos legales profesionales necesarios para el funcionamiento de este sistema. Artículo 13 El departamento de administración de personal municipal, sobre la base de las necesidades de capacitación de los funcionarios públicos nacionales, establecerá una red de instituciones nacionales de capacitación y enseñanza de funcionarios públicos con una distribución razonable, cooperación mutua y poderosas funciones de capacitación.

La capacitación de los funcionarios públicos nacionales debe hacer pleno uso de los lugares e instalaciones de enseñanza social existentes, y no se permite la duplicación de lugares de enseñanza.

Las instituciones docentes que hayan sido reconocidas por el departamento de administración de personal municipal y hayan obtenido el "Certificado de Institución de Enseñanza y Capacitación de Funcionarios Públicos Nacionales de la ciudad de Shijiazhuang" pueden asumir la tarea de capacitar a funcionarios públicos nacionales.

Artículo 14 Las instituciones docentes deberán formular planes específicos de implementación de capacitación con base en los requisitos del plan nacional anual de capacitación de funcionarios públicos emitido por el departamento competente, y reportarlos al departamento competente que emitió el plan para su archivo. El contenido del plan de implementación de la capacitación debe incluir: ciclo de capacitación, tiempo y número de participantes, horario de clases de las materias de capacitación, métodos de capacitación, docentes, preparación de materiales y equipos didácticos, lugares de capacitación y presupuesto de capacitación.

Las instituciones docentes no pueden agregar elementos de cobro ni aumentar los estándares de cobro sin autorización. Artículo 15 Las instituciones docentes gozarán de los siguientes derechos:

(1) Administrar de forma independiente de acuerdo con el sistema de gestión;

(2) Organizar las actividades docentes de acuerdo con las leyes civiles nacionales. plan de capacitación de servidores emitido por el departamento de administración de personal municipal;

(3) Gestionar el aprendizaje de los aprendices;

(4) Cobrar tarifas de acuerdo con las regulaciones pertinentes.