El registro del hogar no se ha movido, pero se puede asignar.
Aquellos cuyo registro de hogares se encuentra en zonas rurales y pertenecen al registro colectivo de hogares tienen derecho a participar en la asignación de tierras. Aquellos que no pertenecen al registro colectivo de hogares no tienen derecho a asignar tierras. Si tiene un terreno y un registro de hogar, puede disfrutar de los beneficios de los aldeanos.