Fórmula de cálculo de impuestos

Análisis legal: La fórmula de cálculo de impuestos y recargos es: Impuesto comercial: 3-20%, y el impuesto calculado es el volumen de negocios aprobado, la tasa impositiva varía según los rubros comerciales; Impuesto de construcción urbana: 7% (5% en las capitales de condado) es el impuesto comercial actual + impuesto al valor agregado + impuesto al consumo. Recargo por matrícula educativa: 3%, el impuesto calculado es el impuesto comercial + impuesto al valor agregado + impuesto al consumo pagado en el período actual. Recargo por educación local: generalmente 1% -2%, el impuesto calculado es el impuesto comercial + impuesto al valor agregado + impuesto al consumo pagado en el período actual. Impuestos y recargos: reflejan el impuesto empresarial (cancelado), el impuesto al consumo, el impuesto a la construcción y mantenimiento urbano, el impuesto al uso del suelo urbano, el impuesto a los recursos y los recargos educativos que deben ser soportados por el negocio principal de la empresa. Al completar este indicador, cabe señalar que después de la implementación del nuevo sistema tributario, las normas contables estipulan que el impuesto al valor agregado pagadero ya no se incluirá en los "impuestos y recargos principales a las empresas", y los contribuyentes en general y los pequeños -Escala de contribuyentes que deberán estar incluidos en el "debería ser". Se reflejará por separado en el "cronograma de pago del IVA". Complete las columnas según el número acumulado de indicadores correspondientes en el "estado de resultados" contable corporativo para el año en curso.

Base jurídica: “Ley de Administración de Recaudación de Impuestos de la República Popular China”.

Artículo 30 El agente retenedor cumplirá la obligación de retener y remitir impuestos y de recaudar y remitir impuestos conforme a lo dispuesto en las leyes y reglamentos administrativos. Las autoridades tributarias no exigirán a las entidades y personas físicas que no estén obligadas a retener y pagar, recaudar y pagar impuestos en su nombre conforme a las leyes y reglamentos administrativos.

Cuando el agente retenedor cumpla sus obligaciones conforme a la ley, el contribuyente no podrá negarse a retener o cobrar impuestos. Si el contribuyente se niega, el agente retenedor deberá informar oportunamente a las autoridades tributarias para su trámite.

Las autoridades tributarias pagarán las retenciones y remesas y las tarifas de cobro y remesa al agente retenedor de conformidad con la normativa.

Artículo 31 Los contribuyentes y agentes de retención deberán pagar o remitir los impuestos dentro del plazo que establezcan las leyes y reglamentos administrativos o las autoridades fiscales de conformidad con lo dispuesto en las leyes y reglamentos administrativos.

Los contribuyentes que por dificultades especiales no puedan pagar sus impuestos oportunamente podrán, con la aprobación de la Dirección General de Impuestos del Estado y de la Dirección General de Impuestos Locales de la provincia, comunidad autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central, diferir el pago de impuestos por un máximo de tres meses.

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