Los servicios de voluntariado mencionados en este reglamento se refieren a servicios públicos proporcionados por voluntarios, organizaciones de servicio voluntario y otras organizaciones a la sociedad u otros de forma voluntaria y gratuita. Artículo 3 Los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior incorporarán los servicios de voluntariado en los planes nacionales de desarrollo económico y social, organizarán razonablemente los fondos y recursos necesarios para los servicios de voluntariado y promoverán servicios de voluntariado con una amplia cobertura, múltiples niveles y una amplia gama de campos.
El gobierno popular del municipio y las oficinas subdistritales deben brindar apoyo y asistencia a los servicios voluntarios dentro de sus respectivas jurisdicciones en términos de fondos, lugares, etc., según la situación real.
Los comités de aldea (residentes) deben establecer y mejorar el mecanismo de trabajo del servicio voluntario y organizar a los residentes, aldeanos y unidades de la jurisdicción para participar en actividades de servicio voluntario. Artículo 4 La agencia de orientación para la construcción de civilizaciones espirituales a nivel de condado o superior establecerá un mecanismo de coordinación para los servicios voluntarios, organizará los departamentos y unidades pertinentes para hacer un buen trabajo en los servicios voluntarios y hará planes generales para el desarrollo de los servicios voluntarios en la región administrativa. , resumir y promover experiencias, y publicitar y recomendar modelos avanzados.
El servicio voluntario debe incluirse en el contenido de la evaluación de las actividades masivas de creación de civilizaciones espirituales. Artículo 5 Los departamentos de asuntos civiles de los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior son responsables de la gestión de los servicios voluntarios dentro de sus respectivas regiones administrativas.
Desarrollo y reforma, educación, ciencia y tecnología, seguridad pública, administración judicial, finanzas, recursos humanos y seguridad social, medio ambiente ecológico, transporte, agricultura y zonas rurales, cultura y turismo, salud, gestión de emergencias de Los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior, los departamentos de deportes y otros departamentos relevantes son responsables del trabajo relacionado con el servicio voluntario de acuerdo con sus respectivas responsabilidades.
Los sindicatos, la Liga de la Juventud Comunista, la Federación de Mujeres, la Cruz Roja y otras organizaciones populares, organizaciones de masas y organizaciones sociales relevantes deben aprovechar al máximo sus ventajas y hacer un buen trabajo en los servicios voluntarios dentro de sus respectivos ámbitos de trabajo. . Artículo 6 Toda la sociedad debe respetar a los voluntarios, las organizaciones de servicio voluntario y los servicios voluntarios que prestan.
Las agencias estatales, empresas, instituciones y otras organizaciones sociales deben fomentar y apoyar las actividades de servicio voluntario y promover conjuntamente el desarrollo de servicios voluntarios. Artículo 7 La radio, el cine, la televisión, los periódicos e Internet deben realizar activamente publicidad del servicio voluntario, difundir la cultura del servicio voluntario y promover el espíritu de servicio voluntario.
Alentar a los operadores de comunicación, editores de publicidad y proveedores de servicios de información de Internet a que divulguen al público información de bienestar público sobre servicios voluntarios de forma gratuita. Capítulo 2 Voluntarios Artículo 8 El término "voluntarios" mencionado en este Reglamento se refiere a las personas naturales que se dedican a servicios voluntarios con su propio tiempo, conocimientos, habilidades y fuerza física.
Los voluntarios pueden participar en actividades de servicio voluntario realizadas por organizaciones de servicio voluntario y otras organizaciones, y también pueden realizar actividades de servicio voluntario de forma independiente de conformidad con la ley.
Fomentar la prestación de servicios de voluntariado profesional por parte del personal con conocimientos, habilidades y cualificaciones correspondientes. Artículo 9 Los voluntarios pueden registrar su información de identidad, habilidades de servicio, tiempo de servicio, información de contacto y otra información personal básica por su cuenta a través del sistema de información de servicio voluntario designado por el Departamento de Asuntos Civiles del Consejo de Estado (en adelante, la información de servicio voluntario). sistema), o a través de organizaciones de servicio voluntario. Si el registro se realiza a través de una organización de servicio voluntario, la organización de servicio voluntario deberá ingresar la información relevante en el sistema de información del servicio voluntario de manera oportuna.
La información personal básica proporcionada por los voluntarios debe ser verdadera, exacta y completa. Artículo 10 Los voluntarios disfrutan de los siguientes derechos:
(a) unirse o retirarse voluntariamente de organizaciones de servicio voluntario;
(2) elegir voluntariamente proyectos de servicio voluntario;
(3) Negarse a proporcionar servicios voluntarios en contra de su voluntad, más allá de su capacidad o del alcance acordado;
(4) Obtener información relevante, condiciones materiales necesarias, capacitación y garantías para participar en actividades de servicio voluntario; p >
(5) Obtener el certificado de registro de servicio voluntario de forma gratuita;
(6) Dar prioridad a los servicios de voluntariado;
(7) Proporcionar opiniones y sugerencias sobre los servicios de voluntariado ;
(8) Otros derechos previstos en las leyes y reglamentos.
Artículo 11 Los voluntarios deberán realizar las siguientes obligaciones:
(1) Aceptar la gestión de la organización de servicio voluntario;
(2) Proporcionar servicios voluntarios según lo acordado, si por alguna razón son incapaz de proporcionar lo acordado Si se ofrece voluntariado, la organización de servicio voluntario o los destinatarios del servicio voluntario serán informados de manera oportuna;
(3) Mantener la imagen y reputación de los voluntarios y las organizaciones de servicio voluntario;
(4) Durante el servicio voluntario Proteger los secretos de estado, los secretos comerciales, la privacidad y la información personal de las personas físicas;
(5) Respetar la dignidad personal de los destinatarios del servicio voluntario y no dañar sus legítimos derechos y intereses;
(6) Leyes y reglamentos Otras obligaciones estipuladas. Capítulo 3 Organizaciones de Servicio Voluntario Artículo 12 El término “organizaciones de servicio voluntario” tal como se menciona en este Reglamento se refiere a organizaciones sin fines de lucro establecidas de conformidad con la ley con el propósito de brindar servicios voluntarios.
Las organizaciones de servicio voluntario pueden registrarse en forma de grupos sociales, agencias de servicios sociales, fundaciones, etc. de conformidad con la ley. Aquellos que no cumplan con las condiciones de registro pueden ser gestionados por el gobierno popular del municipio local o la oficina del subdistrito de acuerdo con las regulaciones pertinentes de esta provincia, o pueden solicitar convertirse en miembros de una organización de servicio voluntario registrada en conforme a la ley y aceptar su gestión. Las medidas específicas serán formuladas por el Gobierno Popular Provincial.