¿Es infractor ver los libros de otras personas en vivo?

No exactamente. Según lo dispuesto en la Ley de Derecho de Autor, el uso de obras ajenas para apreciación personal o interpretación gratuita no constituye infracción. Sin embargo, con fines de lucro, se debe pagar la remuneración correspondiente al propietario de los derechos de autor; de lo contrario, se considerará una infracción.

Base jurídica: el artículo 22 de la "Ley de derechos de autor" estipula que, en las siguientes circunstancias, una obra puede utilizarse sin el permiso del propietario de los derechos de autor y sin pago de remuneración al propietario de los derechos de autor, pero el nombre del autor y el título de la obra deben constar, y no infringirán otros derechos de los que disfruta el titular de los derechos de autor de conformidad con esta ley:

(1) Para estudio, investigación o apreciación personal de los derechos de otras personas. trabajos publicados;

(2) para introducción, comentar trabajos o explicar temas, y citar adecuadamente los trabajos publicados de otras personas en sus trabajos;

(3) para informar temas de actualidad; noticias, es inevitable copiarlas y reproducirlas en periódicos, publicaciones periódicas, estaciones de radio, estaciones de televisión y otros medios Citando trabajos publicados;

(4) Periódicos, publicaciones periódicas, estaciones de radio, estaciones de televisión y otros medios publican o difundir temas políticos, económicos y religiosos que hayan sido publicados por otros periódicos, publicaciones periódicas, estaciones de radio, estaciones de televisión y otros medios de comunicación. Artículos sobre temas de actualidad, excepto cuando el autor declare que no serán publicados ni transmitidos;

(5) Los periódicos, publicaciones periódicas, estaciones de radio, estaciones de televisión y otros medios de comunicación publican o transmiten discursos pronunciados en reuniones públicas, excepto cuando el autor declara que no serán publicados, excepto para su transmisión;

(6 ) Traducir o copiar una pequeña cantidad de trabajos publicados utilizados para la enseñanza en el aula escolar o la investigación científica para uso de docentes o investigadores científicos, pero no serán publicados;

(7) Las agencias estatales utilizan trabajos publicados dentro de lo razonable alcance del desempeño de funciones oficiales;

(8) Bibliotecas, archivos, salas conmemorativas, museos, galerías de arte, etc., con el fin de exhibir o preservar la versión, Copiar obras recopiladas en la biblioteca

(9) Representar obras publicadas de forma gratuita, sin cobrar al público ni pagar a los artistas intérpretes o ejecutantes.

(10) Para uso en exteriores Copiar, pintar, fotografiar y grabar en video obras de arte instaladas o exhibidas en; lugares públicos; (11) Obras escritas en chino por ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones chinas publicadas en idiomas minoritarios en China (12) Obras publicadas escritas en publicación Braille. Lo dispuesto en el párrafo anterior se aplicará a las restricciones a los derechos de los editores, artistas intérpretes o ejecutantes, productores de audio y vídeo, estaciones de radio y estaciones de televisión.