Describa brevemente las disposiciones de la Convención de La Haya y la Convención de Montreal sobre delitos que ponen en peligro la seguridad de la aviación civil internacional.

Respuesta: La Convención de La Haya fue formulada específicamente para abordar el delito de secuestro ilegal de aeronaves. El Convenio estipula que el secuestro ilegal de una aeronave se refiere al secuestro o control ilegal de una aeronave mediante el uso de violencia o amenazas de violencia contra cualquier persona a bordo de la aeronave en vuelo, o mediante cualquier otro medio de intimidación. La Convención también tipifica como delito intentar cometer tal acto y ser cómplice de una persona que comete o intenta cometer tal acto. El término "en vuelo" aquí se refiere al momento en que el avión está cargado y todas las puertas externas de la cabina están cerradas hasta que se abre cualquier puerta de la cabina para descargar personas y propiedades.

El "Convenio de Montreal" estipula que la conducta ilegal e intencional de los siguientes cinco actos es un delito que pone en peligro la seguridad de la aviación civil: (1) Actos violentos contra personas en una aeronave en vuelo que sean suficientes para poner en peligro la seguridad de la aeronave; (2) Destruir o dañar una aeronave en uso para que no pueda volar o poner en peligro su seguridad de vuelo (3) Usar cualquier método para colocar o permitir que otros coloquen dispositivos en una aeronave en uso que puedan dañar la aeronave; aeronave, provocando daños que le impidan volar o poniendo en peligro la seguridad de su vuelo (4) destruyendo o dañando el equipo de navegación u obstaculizando su funcionamiento lo suficiente como para poner en peligro la seguridad de su vuelo (5) transmitiendo información que sabe; ser falso, poniendo en peligro la seguridad de su vuelo; El tiempo de inicio y fin de “en uso” es: desde el momento en que el personal de tierra o la tripulación preparan la aeronave para un vuelo concreto hasta 24 horas después del aterrizaje.

Para el delito de secuestro ilegal de aeronaves, el Convenio de La Haya estipula que tienen jurisdicción los siguientes países: el país de matrícula de la aeronave; el país del lugar de aterrizaje de la aeronave; lugar principal de negocios o residencia permanente; el país en el que se encontró al criminal; otros países; El Convenio de Montreal y su Protocolo Suplementario tienen básicamente las mismas disposiciones sobre jurisdicción que el Convenio de La Haya, excepto que se aumenta la jurisdicción del país donde ocurre el delito. También proporciona disposiciones más claras sobre el orden de jurisdicción y cuestiones de extradición.

Tanto el "Convenio de La Haya" como el "Convenio de Montreal" estipulan que delitos como el secuestro ilegal de aeronaves, poner en peligro la seguridad de la aviación civil y poner en peligro la seguridad de los aeropuertos utilizados para la aviación civil son delitos que dan derecho a extradición. es un tema importante en el derecho internacional. Además, ambas convenciones introducen el principio de “extraditar o juzgar”.