Capítulo 4 Inspección anual e inspección puntual de instituciones de verificación de novedades científicas y tecnológicas

Artículo 20 La agencia de gestión de logros científicos y tecnológicos realizará inspecciones anuales de las agencias de búsqueda de novedades y organizará inspecciones aleatorias de manera oportuna. Los resultados de las inspecciones anuales y de las inspecciones puntuales deben informarse al organismo de certificación para su registro.

Artículo 21 El tiempo de inspección anual es el primer trimestre de cada año. La agencia de búsqueda de novedades deberá presentar los siguientes materiales de inspección anual a la agencia de gestión de logros científicos y tecnológicos dentro del tiempo prescrito:

(1) Informe de inspección anual;

(2) Copia de licencia comercial;

(3) una copia del certificado de calificación para la verificación de novedades científicas y tecnológicas;

(4) una lista detallada de los artículos y tarifas de verificación de novedades científicas y tecnológicas para la año anterior;

(5) Cambios en la información del personal de control de novedades;

(6) El personal de control de novedades participa en educación y capacitación profesional continua;

( 7) Otros materiales requeridos por el organismo de certificación.

Artículo 22 Para las instituciones de inspección de novedades científicas y tecnológicas que pasan la inspección anual, la institución de gestión de logros científicos y tecnológicos deberá estampar un sello calificado en la copia del "Certificado de Calificación Empresarial de Inspección de Novedades Tecnológicas" y sellar el Sello de inspección anual en el logotipo original.

Artículo 23: Se considerará que las agencias de verificación de novedades que no soliciten la inspección anual han renunciado automáticamente a sus calificaciones para el negocio de verificación de novedades científicas y tecnológicas.

Artículo 24 El contenido de los controles aleatorios incluye:

(1) Si el personal de búsqueda de novedades tiene la capacidad de practicar

(2) Si siguen; los estándares de búsqueda de novedades científicas y tecnológicas Realizar una verificación de novedad;

(3) Si el informe de verificación de novedad cumple con las especificaciones;

(4) Si los términos del contrato de verificación de novedad se han cumplido;

(5) Si el archivo de verificación de novedad está completo;

(6) Si el sistema de revisión interna es sólido;

(7) Si hay violaciones de regulaciones o disciplinas durante la operación real;

( 8) Otros contenidos especificados por la agencia de acreditación.

Artículo 25: Las agencias de verificación de novedades que no pasen las inspecciones anuales y las inspecciones aleatorias deberán realizar rectificaciones dentro de los tres meses, y su actividad de verificación de novedades se suspenderá durante el período de rectificación. Después de la rectificación, la agencia de gestión de logros científicos y tecnológicos volverá a inspeccionar. Quienes pasen la inspección podrán continuar ejerciendo; aquellos que no cumplan con las condiciones serán informados a la autoridad certificadora para cancelar sus calificaciones por novedad científica y tecnológica; control de negocios.