Los cambios en las tasas impositivas no tienen impacto en las ganancias por ventas de productos.

Análisis legal: el impuesto al valor agregado es un impuesto sobre el precio adicional y el pago del impuesto al valor agregado no afectará las ganancias operativas de la empresa. También se puede ver en la fórmula de utilidad operativa que utilidad operativa = ingresos operativos - costos operativos - impuestos - gastos de ventas - gastos administrativos - gastos financieros - pérdidas por deterioro de activos - pérdidas por deterioro de crédito + ingresos por cambios en el valor razonable (- pérdidas por cambios en el valor razonable ) + ingresos por inversiones (- pérdidas por inversiones) + ingresos por enajenación de activos (- pérdidas en enajenación de activos) + otros ingresos.

Base jurídica: “Reglamento Provisional de la República Popular China sobre el Impuesto al Valor Añadido”

Artículo 1 Ventas de bienes o servicios de procesamiento, reparación y reparación (en adelante, mano de obra servicios), servicios, bienes intangibles dentro del territorio de las Unidades de la República Popular China y personas físicas con activos, bienes inmuebles y bienes importados son contribuyentes del IVA y pagarán el IVA de conformidad con este Reglamento.

Artículo 2 Tasa del Impuesto al Valor Agregado:

(1) Salvo disposición en contrario en los numerales 2, 4 y 5 de este artículo, los contribuyentes que vendan bienes, servicios, bienes muebles tangibles servicios de arrendamiento de propiedades, o La tasa impositiva para bienes importados es del 17%.

(2) Los contribuyentes que vendan servicios de transporte, servicios postales, telecomunicaciones básicas, servicios de construcción y arrendamiento de inmuebles, vendan bienes inmuebles, transfieran derechos de uso de suelo, vendan o importen los siguientes bienes, la tasa del impuesto es del 11% :

1. Granos, aceite vegetal comestible, sal comestible y otros productos agrícolas;

2. Agua del grifo residencial, calefacción, aire acondicionado, agua caliente, gas, gas licuado de petróleo, gas natural, dimetil éter, biogás, productos del carbón;

3. Libros, periódicos, revistas, productos audiovisuales y publicaciones electrónicas;

4. maquinaria agrícola, películas plásticas;

5. Otros productos especificados por el Consejo de Estado.

(3) Salvo disposición en contrario en los numerales 1, 2 y 5 de este artículo, la tasa impositiva para los contribuyentes que venden servicios y activos intangibles es del 6%.

(4) Sin embargo, los contribuyentes exportan bienes a una tasa impositiva cero, a menos que el Consejo de Estado estipule lo contrario;

(5) La tasa impositiva para las ventas transfronterizas de servicios y activos intangibles dentro del alcance prescrito por el Consejo de Estado por entidades e individuos nacionales es cero.

El ajuste de los tipos impositivos será determinado por el Consejo de Estado.