Cerrada y reservada.
1. Cercanía: La vida privada es realizar actividades que nada tienen que ver con el interés público según la propia voluntad, sin interferencias y destrucción de otros.
2. Confidencialidad: Los individuos tienen derecho a revelar públicamente sus propios asuntos. Los individuos tienen derecho a decidir en qué ámbito y de qué manera transmitir sus pensamientos y sentimientos personales a los demás.