Quienes tengan antecedentes de cirugía en órganos importantes de la cavidad toracoabdominal (excepto aquellos que hayan tenido cirugía de apendicitis durante más de medio año, y aquellos que no hayan tenido secuelas durante más de un año después de la operación inguinal). hernia o cirugía de hernia femoral) no pueden funcionar. Enfermedades o lesiones de huesos, articulaciones, bolsas, vainas hinchadas y sus secuelas, deformidades óseas y articulares, luxaciones habituales, enfermedades crónicas de la columna, deformidades torácicas, escoliosis, joroba, dolores crónicos en la espalda y en las piernas que no pueden corregirse por sí solos, La enfermedad de Kashin-Beck se refiere a aquellas personas cuyas articulaciones (dedos de los pies) están agrandadas, tienen un deterioro funcional y no pueden trabajar.
Si la longitud de los miembros inferiores es desigual en más de 2 cm, y la distancia entre el cóndilo medial del fémur en genu varo y el maléolo medial de la tibia en genu valgo es superior a 7 cm , o si la marcha es anormal aunque esté dentro del rango antes mencionado, el solicitante no puede ser contratado. Aquellos con pies planos que afectan la función y apariencia de los dedos de las manos (pies), desaparición completa del arco plantar, callos y callosidades que afectan la caminata de largas distancias y aquellos con pies severamente agrietados no pueden trabajar.
No se pueden aceptar tumores malignos, tumores benignos, quistes, cicatrices y cicatrices que afecten a diversas partes de la cara o funciones. Rigidez de nuca, tortícolis que no se puede corregir por sí sola, bocio simple de tercer grado o superior, tuberculosis ganglionar e incapacidad para trabajar. No se pueden admitir pacientes con vasculitis, aneurisma, venas varicosas graves de las extremidades inferiores y varicocele grave.
No podrán contratarse inscritos con enfermedades o lesiones del aparato genitourinario como inflamación, tuberculosis, cálculos y sus secuelas, malformación o subdesarrollo de los órganos reproductores que afecten la función, criptorquidia, etc. Ampliación relacionada: El término policía se refiere a las agencias policiales y su personal policial establecidos por el país y sus gobernantes de acuerdo con ciertos estándares de acuerdo con la voluntad del país y la clase dominante. En términos generales, se refieren a funcionarios públicos nacionales que ejercen poderes policiales y desempeñan funciones policiales en agencias policiales basadas en la naturaleza de las fuerzas armadas para mantener la seguridad nacional y el orden social.