Interpretación de Cuestiones Varias de la Ley de lo Contencioso Administrativo, Artículo 81, Inciso 1

Sólo existen 27 interpretaciones judiciales de la Ley de lo Contencioso Administrativo, pero no el artículo 81.

Interpretación del Tribunal Popular Supremo sobre la aplicación de la "Ley de Procedimiento Administrativo de la República Popular China":

Artículo 1 El Tribunal Popular presentará un caso que cumpla las condiciones para el procesamiento y presentar un caso de conformidad con la ley.

Tratándose de demandas interpuestas por las partes conforme a derecho, el Tribunal Popular admitirá la demanda conforme a lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley de lo Contencioso Administrativo.

Si se puede juzgar que se cumplen las condiciones para el procesamiento, el caso se registrará y archivará en el acto. Si no se puede juzgar en el acto si se cumplen las condiciones para el procesamiento, el caso se procesará. Se decidirá dentro de los siete días posteriores a la recepción de la denuncia. Si no se puede dictar sentencia dentro de los siete días, se presentará el caso primero.

Si falta el contenido o los materiales de la demanda, el tribunal popular informará plenamente a las partes en un solo momento sobre el contenido que debe complementarse y corregirse, los materiales complementarios y el plazo.

Si dentro del plazo señalado se realizan rectificaciones y se cumplen las condiciones para el procesamiento, se registrará y archivará el caso.

Si la parte se niega a realizar las correcciones o aún no cumple con las condiciones para el procesamiento después de realizar las correcciones, se declarará no presentado el caso y se expresarán las razones para no presentar el caso.

Artículo 2 Las solicitudes de litigio específicas especificadas en el numeral 3 del artículo 49 de la Ley de lo Contencioso Administrativo se refieren a:

(1) Solicitar una sentencia para revocar o modificar un acto administrativo.

(2) Solicitar sentencia para que el órgano administrativo cumpla con sus deberes legales u obligaciones de pago.

(3) Solicitar sentencia que confirme que el acto administrativo es ilegal.

(4) Solicitar sentencia que confirme la nulidad del acto administrativo.

(5) Solicitar sentencia del organismo administrativo para compensación o indemnización.

(6) Solicitud de resolución de conflictos de acuerdos administrativos.

(7) Solicitud de revisión conjunta de los documentos normativos debajo de la normativa.

(8) Solicitud para resolver juntos disputas civiles relevantes.

(9) Otras reclamaciones litigiosas.

Si las partes no expresan correctamente sus reclamaciones en litigio, el tribunal popular deberá dar explicaciones.

Artículo 3 Si la causa se hubiera presentado bajo alguna de las siguientes circunstancias, se resolverá desestimando la acusación:

(1) No cumple con lo dispuesto en Artículo 49 de la Ley de lo Contencioso Administrativo.

(2) Se ha superado el plazo legal de persecución y no existe motivo justificable.

(3) El demandado figura incorrectamente y se niega a cambiar.

(4) No designar apoderado legal, apoderado designado o representante para el litigio de conformidad con las disposiciones legales.

(5) No solicitar primero a la agencia administrativa una reconsideración de acuerdo con las leyes y reglamentos.

(6) Procesamiento reiterado.

(7) Tras retirar la acusación, volver a demandar sin motivos justificables.

(8) Las acciones administrativas obviamente no tienen ningún impacto real sobre sus derechos e intereses legítimos.

(9) La materia de la demanda se ha regido por sentencia efectiva.

(10) Incumplimiento de otras condiciones legales de persecución.

Si el Tribunal Popular considera que no es necesario un juicio después de revisar los expedientes, investigar e interrogar a las partes, podrá dictar sentencia inmediata para desestimar la acusación.

Artículo 4 Si un ciudadano, persona jurídica u otra organización presenta una demanda contra una agencia administrativa por incumplimiento de sus deberes estatutarios de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47, párrafo 1 de la Ley de lo Contencioso Administrativo, el El plazo para que el órgano administrativo cumpla sus funciones estatutarias expirará dentro de los seis meses siguientes a la fecha de su solicitud.

Artículo 5 Las personas a cargo de los organismos administrativos según lo prescrito en el párrafo 3 del artículo 3 de la Ley de Contencioso Administrativo incluyen a los responsables principales y suplentes de los organismos administrativos. Si el responsable de una agencia administrativa se presenta ante el tribunal para responder a una demanda, podrá encomendar uno o dos abogados litigantes adicionales.

Artículo 6 La decisión de la autoridad de revisión de mantener la acción administrativa original según lo estipulado en el párrafo 2 del artículo 26 de la Ley de lo Contencioso Administrativo incluye la situación en la que la autoridad de revisión rechaza la solicitud de revisión o la solicitud de revisión, pero la solicitud de revisión no cumple con los criterios de aceptación, salvo rechazo por condiciones.

El cambio del órgano de revisión del acto administrativo original según lo estipulado en el párrafo 2 del artículo 26 de la Ley de lo Contencioso Administrativo se refiere al resultado del cambio del órgano de revisión del acto administrativo original.

Artículo 7: Si la agencia de reconsideración decide mantener la acción administrativa original, la agencia administrativa que realizó la acción administrativa original y la agencia de reconsideración son los mismos demandados.

Si el demandante solo demanda a la agencia administrativa o agencia de reconsideración que realizó la acción administrativa original, el Tribunal Popular notificará al demandante para agregar demandados adicionales. Si el demandante no está de acuerdo con la adición, el tribunal popular nombrará a otra agencia como coacusado.

Artículo 8: Si el organismo administrativo que dictó el acto administrativo original y el organismo de reconsideración son los mismos demandados, el organismo administrativo que dictó el acto administrativo original determinará el nivel de competencia sobre el caso.

Artículo 9: Si la autoridad de reconsideración decide confirmar la acción administrativa original, el tribunal popular revisará la legalidad del procedimiento de reconsideración al mismo tiempo que revisa la legalidad de la acción administrativa original.

La agencia administrativa que realizó la acción administrativa original y la agencia de reconsideración comparten la carga de la prueba de la legalidad de la acción administrativa original, y una de las agencias puede realizar el acto de prueba. La autoridad de reconsideración soporta la carga de la prueba de la legalidad del procedimiento de reconsideración.

Artículo 10: Cuando el tribunal popular se pronuncie sobre el acto administrativo original, también se pronunciará correspondientemente sobre la decisión de reconsideración.

Si el tribunal popular decide revocar la acción administrativa original y la decisión de reconsideración, puede decidir que la agencia administrativa que realizó la acción administrativa original realice una nueva acción administrativa.

Si el tribunal popular decide que el organismo administrativo que dictó el acto administrativo original ha cumplido con sus deberes estatutarios o con sus obligaciones de pago, también resolverá revocar la decisión de reconsideración.

Si el acto administrativo original es legal y la decisión de reconsideración viola procedimientos legales, se dictará sentencia para confirmar que la decisión de reconsideración es ilegal y, al mismo tiempo, se dictará sentencia para rechazar la Reclamación del demandante contra el acto administrativo original.

Si el acto administrativo original es revocado, confirmado como ilegal o inválido, causando pérdidas al demandante, la agencia administrativa que realizó el acto administrativo original será responsable de la indemnización si el procedimiento de reconsideración es ilegal. y causa pérdidas al demandante, la agencia de reconsideración asumirá la responsabilidad de la compensación.

Artículo 11: Para lograr intereses públicos o fines de gestión administrativa, los organismos administrativos negocian y celebran acuerdos con ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones dentro del ámbito de las responsabilidades estatutarias y contienen derechos y obligaciones en virtud del derecho administrativo. , que pertenece al acuerdo administrativo especificado en el artículo 12, párrafo 1, inciso 11 de la Ley de lo Contencioso Administrativo.

Si ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones presentan demandas administrativas en relación con los siguientes acuerdos administrativos, el Tribunal Popular las aceptará de conformidad con la ley:

(1) Acuerdo de franquicia gubernamental.

(2) Convenio de compensación por expropiación de terrenos, viviendas, etc.

(3) Otros acuerdos administrativos.

Artículo 12 Si un ciudadano, persona jurídica u otra organización presenta una demanda contra una agencia administrativa por no cumplir con la ley o no cumplir un acuerdo según lo acordado, se aplicarán las disposiciones de la ley civil sobre el estatuto. de limitaciones se referirá para cambios o terminaciones unilaterales de órganos administrativos. Si la demanda se interpusiera en relación con un acuerdo u otros actos, se aplicarán las disposiciones de la Ley de lo Contencioso Administrativo y sus interpretaciones judiciales sobre el plazo para la persecución;

Artículo 13 En los casos de litigio sobre acuerdos administrativos, para determinar el tribunal jurisdiccional se aplicarán las disposiciones de la Ley de lo Contencioso Administrativo y sus interpretaciones judiciales.

Artículo 14 El Tribunal Popular examina si la agencia administrativa ha actuado de conformidad con la ley, ha ejecutado el acuerdo según lo acordado o si es legal cambiar o rescindir unilateralmente el acuerdo según lo dispuesto por la ley. .

Artículo 15 Si el demandante alega que el demandado no cumplió con la ley, no cumplió el acuerdo según lo acordado, o que es ilegal cambiar o rescindir unilateralmente el acuerdo, y los motivos son establecido, el tribunal popular puede, sobre la base de la reclamación del demandante, emitir un fallo que confirme la validez del acuerdo y falle contra el demandado para continuar ejecutando el acuerdo, y aclarar el contenido específico de la continuación del cumplimiento si el demandado no puede continuar; cumplir o continuar con el cumplimiento no tiene importancia práctica, se ordenará al demandado que tome las medidas correctivas correspondientes; si se causan pérdidas al demandante, se ordenará al demandado que indemnice;

Si el demandante solicita rescindir el acuerdo o confirmar que el acuerdo no es válido y los motivos son válidos, se dictará sentencia para rescindir el acuerdo o confirmar que el acuerdo no es válido y el asunto se resolverá. ser tratados de conformidad con la Ley de Contratos y otras disposiciones legales pertinentes.

Si el demandado cambia o rescinde unilateralmente el acuerdo por intereses públicos u otras razones legales, causando pérdidas al demandante, se le ordenará al demandado que indemnice.

Artículo 16 Si se interpusiera demanda contra un organismo administrativo por no haber cumplido el contrato conforme a la ley o lo pactado, los honorarios del litigio se aplicarán mutatis mutandis a las normas de pago para casos civiles. Se presenta una demanda contra la agencia administrativa por cambiar o rescindir unilateralmente el acuerdo, los honorarios del litigio se aplicarán mutatis mutandis. Los honorarios del litigio estarán sujetos a las normas de pago del caso administrativo.

Artículo 17 Los ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones que soliciten el juicio conjunto de los litigios civiles pertinentes previstos en el artículo 61 de la Ley de lo Contencioso Administrativo deberán presentarse antes de la audiencia de primera instancia, si existen motivos justificables. también pueden plantearse durante una investigación judicial.

En cualquiera de las siguientes circunstancias, el tribunal popular resolverá no permitir que las controversias civiles se conozcan conjuntamente, e informará a las partes que pueden reclamar sus derechos por otros canales de conformidad con la ley. :

(1) La ley estipula que las agencias administrativas deben manejar el asunto primero.

(2) Violar las disposiciones de competencia exclusiva de la Ley de Enjuiciamiento Civil o del acuerdo sobre competencia.

(3) Haber solicitado arbitraje o interpuesto demanda civil.

(4) Otras disputas civiles que no deben juzgarse juntas.

Artículo 18: Cuando el tribunal popular conozca juntos disputas civiles relacionadas en un litigio administrativo, las disputas civiles serán tratadas por separado y escuchadas por la misma organización de juicio.

Cuando se conozcan casos que involucren decisiones de agencias administrativas sobre disputas civiles, si las disputas civiles se ven juntas, no se presentarán por separado.

Artículo 19 El Tribunal Popular conocerá juntos los litigios civiles pertinentes y aplicará las disposiciones pertinentes de las normas jurídicas civiles, a menos que la ley disponga lo contrario.

La disposición de los derechos e intereses civiles de las partes durante la mediación no puede utilizarse como base para revisar la legalidad del acto administrativo demandado.

Los litigios administrativos y los litigios civiles se resolverán por separado. Si una parte sólo recurre una sentencia administrativa o una sentencia civil, la sentencia no apelada surtirá efectos jurídicos al vencimiento del plazo de apelación. El tribunal popular de primera instancia transferirá todos los expedientes del caso al tribunal popular de segunda instancia para que los juzgue el tribunal administrativo. Si el tribunal popular de segunda instancia determina que la sentencia efectiva que no ha sido apelada es efectivamente errónea, llevará a cabo un nuevo juicio de conformidad con los procedimientos de supervisión del juicio.

Artículo 20: Los ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones que soliciten al tribunal popular la revisión de los documentos normativos previstos en el artículo 53 de la Ley de lo Contencioso Administrativo deberán presentar la solicitud antes de la audiencia de primera instancia, cuando existan motivos legítimos; También se puede plantear durante la investigación judicial.

Artículo 21 Si un documento normativo es ilegal, el tribunal popular no lo utilizará como base para determinar la legalidad de la actuación administrativa, y lo hará constar en los motivos de la sentencia. El tribunal popular que dicta sentencia efectiva presentará sugerencias de manejo a la autoridad que formuló el documento normativo, pudiendo enviar copia al gobierno popular del mismo nivel o a la autoridad administrativa del nivel inmediatamente superior a la autoridad que formuló el documento normativo.

Artículo 22: Si se establecen los motivos del demandante para solicitar al demandado que cumpla con las obligaciones legales, pero el demandado se niega a cumplirlas en violación de la ley o no responde dentro del plazo sin razones justificables, el Tribunal Popular podrá, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 72 de la Ley de lo Contencioso Administrativo, que se juzgue que el demandado deberá cumplir con los deberes estatutarios solicitados por el demandante dentro de un plazo determinado de conformidad con la ley, pero si el demandado aún necesita investigación o discreción, se considerará que el demandado manejará nuevamente la solicitud del demandante.

Artículo 23: Se establece el motivo del demandante para solicitar al demandado el cumplimiento de obligaciones de pago como pensiones, prestaciones de seguridad mínima o prestaciones de seguro social de conformidad con la ley. la ley pero se niega o demora en el cumplimiento de las obligaciones y no las cumple, si existen razones justificadas, el tribunal popular podrá, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley en lo Contencioso Administrativo, ordenar al demandado el cumplimiento de las obligaciones de pago correspondientes. dentro de un período de tiempo determinado.

Artículo 24 Cuando una parte solicite un nuevo juicio ante el tribunal popular de nivel inmediatamente superior, deberá presentar lo siguiente dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigor de la sentencia, fallo o documento de mediación:

(1) Nueva prueba es suficiente para revocar la sentencia o fallo original.

(2) La prueba principal utilizada para establecer los hechos en la sentencia y fallo original fue falsificada.

(3) Se revoca o modifica el documento legal con base en el cual se dictó la sentencia o fallo original.

(4) Los jueces incurrieron en corrupción, soborno, malas prácticas para beneficio personal o perversión de la ley al conocer el caso.

Artículo 25 En cualquiera de las siguientes circunstancias, la parte interesada podrá solicitar a la Fiscalía Popular protesta o sugerencias de fiscalía:

(1) El Tribunal Popular rechaza la solicitud de nuevo juicio.

(2) El Tribunal Popular no se pronuncia sobre la solicitud de nuevo juicio dentro del plazo.

(3) La sentencia o fallo de nuevo juicio contiene errores evidentes.

Después de que el Tribunal Popular dicta una sentencia de nuevo juicio o un fallo basado en una protesta o sugerencia de la fiscalía, si la parte interesada solicita un nuevo juicio, el Tribunal Popular no archivará el caso.

Artículo 26 Si el plazo para la persecución no hubiera expirado antes del 1 de mayo de 2015, se aplicarán las disposiciones de la Ley de Procedimiento Administrativo revisada sobre el plazo para la persecución.

El plazo de juicio para las causas que no hayan concluido antes del 1 de mayo de 2015 se regirá por lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo anterior a su reforma. Los asuntos procesales que se hayan completado de conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo antes de la modificación siguen siendo válidos.

Si no está satisfecho con una sentencia, fallo o documento de mediación de compensación administrativa que entró en vigor legalmente antes del 1 de mayo de 2015 y solicita un nuevo juicio, o nuevos juicios en el tribunal popular de acuerdo con los procedimientos de supervisión del juicio, el proceso disposiciones se aplicarán al reglamento revisado de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Artículo 27 Si la interpretación judicial previamente emitida por el Tribunal Supremo Popular es incompatible con esta interpretación, esta interpretación prevalecerá.