La ley utiliza los derechos y obligaciones como mecanismo para ajustar el comportamiento de las personas y las relaciones sociales. Precisamente por su estatus especial en el derecho, las distintas disciplinas jurídicas abordan esta cuestión de diferentes maneras. Sin embargo, por diversas razones, hasta el momento la comprensión de la gente sobre la relación entre derechos y obligaciones no es profunda. Por lo tanto, las perspectivas teóricas que resumen estos entendimientos a menudo no resisten en gran medida un escrutinio serio. Algunas son infundadas. Algunas se quedan en el nivel de resumir fenómenos, otras son engañosas y otras están obviamente equivocadas. El autor cree que el estudio de la relación entre derechos y obligaciones debe basarse en los siguientes principios: en primer lugar, debemos adherirnos a la postura de principios del materialismo y la dialéctica marxistas, y debemos analizar los fenómenos jurídicos vivos, resumir y descubrir reglas de toda la historia histórica. proceso de surgimiento y desarrollo de derechos y obligaciones ; en segundo lugar, la teoría de la relación entre derechos y obligaciones debe reflejar plenamente ciertas leyes inherentes a la relación entre ambos, que deben ser un alto grado de unidad de valores, normas y derechos legales. operaciones fácticas; en tercer lugar, la teoría de la relación entre derechos y obligaciones debe reflejar plenamente las leyes de la sociedad humana * * *Esencia, con significado universal. Este artículo analiza la relación entre derechos y obligaciones bajo esta premisa e intenta resumir las leyes generales del desarrollo de la relación entre derechos y obligaciones bajo la guía de la filosofía marxista y clasificando las teorías existentes. Esto también proporciona una dialéctica para el derecho. investigación.
En términos generales, primero debemos entender que los derechos y obligaciones son relativos a la ley. Específicamente, los derechos y obligaciones son opuestos, indivisibles e interdependientes. Los derechos y las obligaciones existen correspondientemente. Sin derechos no hay obligaciones. No hay obligaciones sin derechos en el mundo, y no hay derechos sin obligaciones. Pero al mismo tiempo, podemos renunciar a disfrutar de derechos, pero no podemos renunciar a cumplir obligaciones. Estas dos funciones son complementarias.