Los contenidos de los proyectos de educación continua incluyen políticas y regulaciones relacionadas con el transporte por carretera, ética profesional, seguridad en el transporte, conservación de energía y reducción de emisiones, etc.
Artículo 7 La institución de cualificación profesional del Ministerio de Transporte organizará la compilación de materiales didácticos de educación continua de acuerdo con el plan de estudios de educación continua. Cada localidad puede organizar la recopilación de materiales didácticos complementarios en función de las condiciones reales de su propia región administrativa.
Artículo 8 El ciclo de formación continua de los conductores de transporte por carretera es de 2 años. El tiempo acumulado para que los conductores de transporte por carretera reciban formación continua en cada ciclo no debería ser inferior a 24 horas.
Artículo 9 Los conductores de transporte por carretera seguirán recibiendo formación organizada por empresas de transporte por carretera y registradas en agencias de gestión del transporte por carretera a nivel de condado o superior. La formación continua de empresas de transporte no cualificadas y de conductores de transporte individuales se realizará en otras instituciones de formación continua. La educación continua también incluye las siguientes formas:
(1) Educación continua organizada por una institución de capacitación para conductores de transporte por carretera con licencia;
(2) El Ministerio de Transporte o transporte provincial Distancia en línea educación continua registrada en el departamento competente;
(3) Otras formas de educación continua aprobadas por la agencia provincial de gestión del transporte por carretera.