Finanzas y Tributación 2013 Documento No. 37

La inversión de la empresa en la tecnología patentada solicitada por su propia investigación y desarrollo implica el impuesto al valor agregado, y no existen disposiciones especiales en la ley tributaria para brindar incentivos fiscales.

Puede consultar la siguiente normativa:

1. Anexo 3 de Hacienda y Tributación [2013] N° 37 “Política de Transición para el Programa Piloto de Reemplazo del Impuesto Empresarial por el Valor- Impuesto Agregado en la Industria del Transporte y Algunas Industrias de Servicios Modernos" El Reglamento sólo menciona el trato preferencial de "los contribuyentes piloto que brindan transferencia de tecnología, desarrollo de tecnología y consultoría técnica y servicios técnicos relacionados están exentos del impuesto al valor agregado" y no involucran inversión. y participación accionaria.

2. El "Reglamento de Aplicación de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas" estipula que los ingresos por regalías se refieren a los ingresos que obtienen las personas físicas por otorgar el derecho a utilizar derechos de patentes, derechos de marcas, derechos de autor y tecnologías no patentadas. y otras franquicias. Cuando una persona física invierte en acciones con derecho a utilizar tecnología no patentada, proporciona tecnología patentada a una empresa y obtiene el capital de la empresa, se considera que proporciona otras formas de beneficios económicos (capital de la empresa) al otorgarle el derecho a utilizar -Tecnología patentada La persona física deberá pagar "royalty rents" en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

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