1. Los efectos jurídicos son diferentes. La acción de disposición tiene el efecto jurídico de permitir a la contraparte obtener derechos, mientras que el efecto del acto de carga radica en hacer que el actor asuma obligaciones de pago.
2. El requisito para la eficacia de la acción disciplinaria es que el actor tenga facultad de disponer, mientras que la conducta de responsabilidad no exige que el actor tenga facultad de disponer.
3. El principio de especificidad del objeto se aplica a la acción disciplinaria, es decir, el objeto de la acción disciplinaria debe ser específico. No existen tales restricciones sobre el comportamiento gravoso.
4. El principio de publicidad se aplica a las acciones disciplinarias, pero no existe tal requisito para las acciones de responsabilidad. El concepto y la connotación básica del comportamiento de los derechos de propiedad El comportamiento de los derechos de propiedad es un concepto correspondiente al comportamiento de los derechos de los acreedores. Se refiere al comportamiento jurídico con el fin de establecer, transferir, cambiar y abolir los derechos de propiedad, y con la entrega o el registro como condición esencial. . En el derecho civil alemán, cualquier constitución, transmisión, modificación y otros actos de derechos de propiedad incluyen actos de derechos de propiedad y actos de derechos de acreedor. Tomando el contrato de compraventa como ejemplo, el establecimiento de la relación de compraventa crea un derecho de reclamación en la ley de los derechos del acreedor, y crea una relación de derechos del acreedor, es decir, la relación entre el derecho a reclamar y el derecho a ser reclamado. pero no resulta en un cambio en los derechos de propiedad. Porque debe haber una expresión exclusiva de intención, y la existencia de esta expresión de intención debe ser confirmada por el acto de entrega. Según esta expresión de intención se produce el efecto de cambio de derechos de propiedad. La teoría del comportamiento de los derechos de propiedad incluye principalmente los siguientes principios fundamentales:
1. El principio de distinción, también conocido como principio de separación, se refiere al comportamiento del sujeto del derecho a transferir la materia. y los diversos cambios en la realización de los derechos de propiedad Los actos son dos actos independientes, el primero es un acto de causa y el segundo es un acto de derecho de propiedad. Cada uno de los dos actos tiene su propia expresión independiente de significado y método de establecimiento, y. son dos hechos jurídicos separados.
2. El principio de abstracción, también conocido como principio de no causa, se refiere a que la eficacia y los resultados de un acto de derecho de propiedad no dependen del acto de causa y son independientes. La nulidad y revocación del acto de causa no pueden dar lugar al derecho natural del acto de derecho de propiedad. La invalidación y la revocación de los actos de derecho de propiedad se abstraen de los actos de causa, y sus elementos constitutivos y elementos de validez tienen características propias.
3. El formalismo del cambio de derechos de propiedad, también conocido como principio de requisitos de publicidad, significa que el acuerdo entre las partes sobre el cambio de derechos de propiedad no puede causar directamente el cambio de derechos de propiedad, y Se requiere un acto de publicidad que se utilice para expresar o dejar constancia del acuerdo sobre el objeto. Además, el acto de publicidad no sólo debe tener el efecto general de derechos de propiedad frente a terceros, sino que también debe tener el efecto de expresar el establecimiento del mismo. acuerdo sobre el objeto, si no existe tal acto de publicidad, el acuerdo sobre la propiedad no puede establecerse, y el establecimiento, cambio y abolición de los derechos de propiedad son inválidos.
Base Legal
Código Civil
Artículo 503__ Si un agente sin poder celebra un contrato en nombre del mandante, el mandante Si una persona ha comenzado a cumple las obligaciones contractuales o acepta el cumplimiento de la contraparte, se considerará que ha ratificado el contrato.