Normas de formación sobre seguridad en las minas de carbón

Capítulo 1 Disposiciones generales Artículo 1 Con el fin de fortalecer y estandarizar la capacitación en seguridad en las minas de carbón, mejorar la calidad de la seguridad de los empleados y prevenir y reducir los accidentes con víctimas, estas regulaciones se formulan de acuerdo con la "Ley de seguridad en la producción de la República Popular China". y otras leyes y reglamentos administrativos pertinentes. Artículo 2 Este reglamento se aplica a la gestión de la capacitación, evaluación, certificación, revisión y supervisión de la seguridad de los empleados en las empresas mineras del carbón, si existen disposiciones en las "Medidas de gestión de la capacitación en seguridad de la producción", se implementarán de acuerdo con sus disposiciones;

La gestión de la formación, evaluación, certificación, revisión y supervisión en seguridad del personal de operaciones especiales en las minas de carbón se realizará de acuerdo con el “Reglamento de Gestión de la Formación y Evaluación Técnica en Seguridad del Personal de Operaciones Especiales”. Artículo 3 La persona principal a cargo de una empresa minera de carbón mencionada en este reglamento se refiere al presidente y director general de una empresa minera de carbón, una sociedad de responsabilidad limitada y sus subsidiarias y sucursales, el director de la oficina de minería, el director de la mina. y otro personal. Artículo 4 La persona a cargo de la producción segura de una empresa minera de carbón como se menciona en este reglamento se refiere al vicepresidente, gerente general adjunto, director adjunto de fábrica, director adjunto de mina, ingeniero jefe, ingeniero jefe adjunto o persona técnica a cargo de la seguridad. producción de la empresa minera de carbón El responsable y gerente de la agencia de gestión de la producción, y el responsable de los departamentos de producción, tecnología, ventilación, electromecánica, transporte, estudios geológicos, despacho y otros departamentos funcionales (incluidas las minas de carbón, los distritos). , departamentos y equipos). Artículo 5 La capacitación en seguridad en las minas de carbón implementará los principios de "gestión centralizada, implementación jerárquica, estándares unificados y separación de la enseñanza y los exámenes".

La Administración Estatal de Supervisión de la Seguridad de las Minas de Carbón es responsable de orientar y gestionar la capacitación, evaluación y emisión de certificados de calificación de seguridad para los principales responsables de las empresas mineras de carbón y el personal de gestión de seguridad de la producción, certificados de calificación de director de mina. y certificados de operación para el personal de operaciones especiales, y organiza Formular programas de capacitación y estándares de evaluación sobre seguridad en las minas de carbón, y establecer un banco de preguntas para exámenes.

Las agencias de supervisión de la seguridad en las minas de carbón a nivel provincial y los departamentos responsables de la capacitación en seguridad en las minas de carbón de los gobiernos populares provinciales (regiones autónomas, municipios) deberán, de acuerdo con la división de responsabilidades, orientar y gestionar la capacitación, evaluación y emisión de certificados de calificación pertinentes para las empresas mineras de carbón dentro de sus respectivas regiones administrativas, e implementar trabajos de capacitación, evaluación y certificación en seguridad para las empresas mineras de carbón provinciales. Capacitación, evaluación y certificación de las calificaciones de las filiales y sucursales de minas de carbón de las empresas centrales dentro de sus respectivas regiones administrativas, los principales responsables y el personal de gestión de seguridad de la producción y los directores de minas de carbón. Artículo 6 Los certificados de calificación de seguridad y los certificados de calificación de director de mina de los principales responsables de las empresas mineras de carbón y del personal de gestión de seguridad de la producción son válidos en todo el país. Artículo 7 Las empresas mineras de carbón establecerán y mejorarán sistemas de gestión de capacitación en seguridad, equiparán personal de gestión de capacitación en seguridad a tiempo completo o parcial y asignarán fondos para educación y capacitación de acuerdo con las proporciones prescritas por el Estado. Entre ellos, los fondos para capacitación en seguridad no serán inferiores al 40% del total de los fondos para educación y capacitación. Artículo 8 El Estado alienta a las empresas mineras del carbón a convertir el reclutamiento en inscripción. Cuando las empresas mineras de carbón contraten nuevos empleados subterráneos, se dará prioridad a los graduados de escuelas técnicas o escuelas secundarias técnicas con especialización en minería de carbón. Artículo 9 La institución responsable de la capacitación en seguridad en las minas de carbón (en adelante, la institución de capacitación en seguridad) deberá obtener las calificaciones correspondientes de conformidad con la ley, establecer y mejorar sistemas y archivos de capacitación en seguridad, implementar planes de capacitación en seguridad, contratar personal calificado a tiempo completo. maestros y llevar a cabo capacitación en seguridad de acuerdo con el programa de capacitación nacional unificado de seguridad en minas de carbón. Capítulo 2 Condiciones de ingreso de los empleados Artículo 10 Los empleados de las minas de carbón deberán cumplir las siguientes condiciones básicas:

(1) Buena salud y ausencia de contraindicaciones laborales;

(2) Al menos 10 años de tener 18 años de edad y no exceder la edad de jubilación legal nacional;

(3) Tener educación secundaria o superior;

(4) Otras condiciones estipuladas por leyes y reglamentos administrativos . Artículo 11 El director de mina, el director adjunto de mina, el ingeniero jefe, el ingeniero jefe adjunto o el técnico a cargo de una mina de carbón con una capacidad de producción anual o una capacidad aprobada de 300.000 toneladas o más, o una mina de carbón con explosiones de carbón y gas, no cumplirán con lo dispuesto en el artículo 10 de este Reglamento. Además, también deberán tener un título universitario o superior en carreras relacionadas con minas de carbón y tener 3 años o más de experiencia en trabajos relacionados con minas de carbón.

Además de cumplir con lo dispuesto en el artículo 10 de este Reglamento, el director de mina, subdirector de mina, ingeniero jefe, ingeniero jefe adjunto o técnico encargado de una mina de carbón con capacidad de producción o aprobada capacidad de menos de 300.000 toneladas también deberá poseer un título de escuela secundaria técnica o superior en especialidades relacionadas con la minería del carbón y tener más de 3 años de experiencia en trabajos relacionados con la minería del carbón. Artículo 12 El responsable del organismo de gestión de seguridad de la producción de las minas de carbón con capacidad de producción o capacidad aprobada de 300.000 toneladas anuales o más, y de las minas de carbón de desprendimiento de carbón y gas, además de cumplir con lo dispuesto en el artículo 10 de estos regulaciones, también debe tener un título de escuela secundaria técnica o superior en carreras relacionadas con minas de carbón y tener más de 2 años de experiencia en producción de seguridad en minas de carbón.

El responsable del organismo de gestión de seguridad de la producción de una mina de carbón con capacidad de producción o capacidad aprobada inferior a 300.000 toneladas/año, además de cumplir con lo dispuesto en el artículo 10 de este Reglamento, También debe tener educación secundaria o superior y tener más de 2 años de experiencia en producción de seguridad en minas de carbón.

Artículo 13 Las empresas mineras de carbón no contratarán personal que no haya recibido capacitación en seguridad para participar en actividades de producción.

Las instituciones de formación en seguridad deben revisar las condiciones básicas de los alumnos; sólo aquellos que cumplan con los requisitos pueden recibir formación. Capítulo 3 Capacitación en seguridad Artículo 14 El principal responsable y el personal de gestión de producción de seguridad de las empresas mineras de carbón recibirán capacitación en materia de seguridad. Deberán aprobar la evaluación y obtener el correspondiente certificado de calificación en seguridad antes de poder ocupar sus puestos. Además de obtener el certificado de calificación de seguridad para el principal responsable de la empresa minera de carbón, el gerente de mina también debe recibir capacitación de calificación de gerente de mina de acuerdo con la ley. Solo aquellos que aprueben la evaluación y obtengan el certificado de calificación de gerente de mina pueden. atender. Las calificaciones de los administradores de minas y las calificaciones de seguridad deben combinarse con capacitación, examinarse y expedirse por separado.

Líderes de equipos dedicados a la minería del carbón, excavaciones, electromecánica, transporte, ventilación, estudios geológicos, etc. Los trabajadores que trabajan bajo tierra en las minas de carbón deben recibir una formación especial en materia de seguridad y sólo pueden empezar a trabajar después de haber superado la formación.

Los demás empleados distintos de los especificados en los dos primeros párrafos de este artículo recibirán la formación en seguridad correspondiente a sus puestos, y sólo podrán comenzar a trabajar después de haber superado la formación.