Política de planificación familiar de la provincia de Hubei

Reglamento provincial de población y planificación familiar de Hubei

(1 de diciembre de 2002, el 37º Comité Permanente del Noveno Congreso Popular de la provincia de Hubei

La reunión adoptó el Comité Permanente del XI Congreso Popular Provincial de Hubei

Revisado en la séptima reunión el 29 de noviembre de 2008)

El artículo 15 alienta a una pareja a tener un solo hijo. Quienes cumplan con las condiciones estipuladas en este reglamento podrán tener un hijo más previa aprobación.

Está prohibido el parto ilegal.

Artículo 16 Si tanto el marido como la mujer son residentes urbanos y cumplen una de las siguientes condiciones, podrán solicitar tener un segundo hijo:

(1) El primer hijo es un discapacitado persona, Aquellos que no pueden convertirse en una fuerza laboral normal, pero se consideran médicamente capaces de tener otro hijo

(2) Aquellos que no tienen hijos y requieren un hijo después de adoptar un niño de acuerdo con el ley;

(3) La relación entre la pareja Chinos regresados ​​al extranjero

(4) Tanto el marido como la mujer son hijos únicos;

Artículo 17 Tanto el marido como la mujer son residentes rurales. Además de lo dispuesto en el artículo 16 de este Reglamento, si cumplen una de las siguientes condiciones, también podrán solicitar tener un segundo hijo:

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(1) Uno de los cónyuges es hijo único durante más de dos generaciones

(2) Uno de los cónyuges es un soldado discapacitado de Clase B o superior;

(3) De niño a hijo único Casado y asentado en la familia

(4) El matrimonio tiene un solo hijo

(5) Ambos el marido; y su esposa pertenecen a minorías étnicas.

Lo dispuesto en el párrafo anterior no se aplica a los trabajadores estatales.

Artículo 18 Si una pareja que se vuelve a casar tiene un solo hijo y la otra no tiene hijos, podrá solicitar tener otro hijo. Si uno de los cónyuges de una pareja que se vuelve a casar ya ha tenido dos hijos y el otro cónyuge no ha tenido hijos, puede solicitar tener otro hijo.

Artículo 19 Si uno de los cónyuges es residente urbano y el otro es residente rural, se aplicarán las normas de parto para residentes urbanos contenidas en este Reglamento.

Para las parejas que hagan la transición de residentes urbanos a residentes rurales, se aplicarán las normas de parto para residentes urbanos contenidas en este Reglamento.

A los residentes rurales que se trasladen del sistema organizativo a residentes urbanos, podrá aplicarse lo dispuesto en el artículo 17 de este Reglamento a sus nacimientos dentro de los dos años siguientes a la fecha de conversión.

Artículo 20: Hijos que tengan un cónyuge extranjero, residente de la Región Administrativa Especial de Hong Kong, residente de la Región Administrativa Especial de Macao, compatriota de Taiwán, chino de ultramar, retornado al extranjero. Los chinos o las personas que estudian en el extranjero se regirán por las normas nacionales pertinentes.

Artículo 21 Si una pareja da a luz a su primer hijo, debe acudir a su unidad o comité de aldea (residente) para obtener un "Certificado de Servicios Reproductivos" antes de dar a luz, y disfrutar de servicios de atención de salud reproductiva con el “Certificado de Servicios Reproductivos” y servicios técnicos básicos gratuitos de planificación familiar.

Si un niño cumple con los requisitos de los artículos 16, 17 y 18 de este Reglamento, tanto el marido como la mujer deben acudir al gobierno popular del municipio o subdistrito donde esté registrada la mujer antes de quedar embarazada. Solicite un "Certificado de Nacimiento" en la oficina y presente los siguientes materiales:

(1) Certificado de matrimonio, libro de registro del hogar y tarjetas de identificación de residente de ambas partes;

(2. ) La unidad o aldea donde ambas partes trabajan (Certificado de estado de nacimiento y adopción emitido por el comité de residentes;

(3) Otros certificados que cumplan con las condiciones de nacimiento estipuladas en este reglamento.

El gobierno popular del municipio o la oficina del subdistrito deberá presentar opiniones de revisión dentro de los 10 días siguientes a la fecha de aceptación de la solicitud y enviarlas junto con los materiales de certificación del solicitante a la oficina de población y planificación familiar. departamento administrativo del gobierno popular a nivel de condado para su revisión y aprobación. El departamento administrativo de población y planificación familiar del gobierno popular a nivel de condado deberá, dentro de los 20 días siguientes a la fecha de recepción de los materiales presentados, expedir un "Certificado de Nacimiento" a quienes cumplan con las condiciones y a quienes no cumplan con las condiciones; , lo notificará por escrito a las partes y explicará los motivos.

Quienes requieran tener hijos en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 16 de este Reglamento, también deberán someterse a valoración médica por parte del organismo técnico de valoración de planificación familiar municipal (estatal).

Los comités (residentes) de la aldea u otras organizaciones deben publicar rápidamente la emisión de "actas de nacimiento" y aceptar la supervisión pública. El "Certificado de Servicio de Maternidad" y el "Certificado de Maternidad" estipulados en este Reglamento utilizarán textos estándar impresos uniformemente. La emisión de los certificados antes mencionados cobrará una tarifa de producción de acuerdo con las normas aprobadas por el departamento de precios.

Artículo 22 Si se le aprueba para dar a luz a un segundo hijo o para dar a luz a otro niño, sólo podrá dar a luz a un niño después de recibir un "Certificado de Nacimiento". Si una persona ya no cumple con las condiciones para dar a luz debido a cambios en el registro del hogar o en el estado civil, o si una residente rural se ha convertido en residente urbana y no ha quedado embarazada durante dos años, el departamento administrativo de población y planificación familiar del condado -El gobierno popular de nivel retirará el "Certificado de Nacimiento" y notificará al niño por escrito.

Artículo 23 La persona que cumpla con lo dispuesto en este Reglamento podrá tener un segundo hijo o un segundo hijo, pero si concurre alguna de las siguientes circunstancias, no podrá tener otro hijo:

(1) Interrupción artificial del embarazo mediante selección de género por razones no médicas

(2) Causar intencionalmente la muerte del bebé

(3) Auto-autoconversión; reportar la muerte del bebé, pero no hay constancia ni certificado de defunción;

(4) Abandono de niños.

Artículo 24: Si una organización con calificaciones de tasación legal confirma de acuerdo con los procedimientos prescritos que una pareja en edad fértil padece una enfermedad mental hereditaria grave, una discapacidad intelectual congénita o una enfermedad fértil considerada médicamente inadecuada, sus padres u otros tutores son responsables de implementar medidas anticonceptivas o de esterilización.

Artículo 25 Está prohibido discriminar o abusar de las mujeres que sean infértiles o que den a luz a niñas. Están prohibidos la discriminación, el abuso y el abandono de las niñas.

Artículo 26 El departamento administrativo de población y planificación familiar investigará las denuncias y denuncias de sospecha de nacimientos ilegales. Si hay pruebas claras de que la parte en cuestión es sospechosa de tener hijos ilegalmente y se niega a admitirlo, con la aprobación del departamento administrativo de población y planificación familiar del Gobierno Popular Provincial, se le podrá exigir a la parte que coopere en una evaluación técnica y mantenga confidencialidad.

Los gastos relacionados con la tasación técnica serán sufragados por el departamento administrativo de población y planificación familiar que propone la tasación técnica.