Artículo 2 Los centros C&E son lugares administrativos de educación obligatoria donde los órganos de seguridad pública brindan educación jurídica y moral a prostitutas y prostitutas, organizan su participación en la producción laboral y realizan exámenes y tratamientos de enfermedades de transmisión sexual.
Artículo 3 Los centros de detención deben adherirse a los principios de educación, reforma y rescate, e implementar una gestión legal, estricta, científica y civilizada. Mediante la educación, la corrección psicológica y el tratamiento de las enfermedades de transmisión sexual, los reclusos pueden convertirse en ciudadanos respetuosos de la ley y sanos física y mentalmente.
Artículo 4 Los órganos de seguridad pública de las provincias, regiones autónomas, municipios directamente dependientes del Gobierno Central, prefecturas autónomas y ciudades divididas en distritos, en función de las necesidades de las labores de custodia y educación, propondrán planes para establecer centros de custodia y educación y presentarlos a los gobiernos populares del mismo nivel para su aprobación.
La agencia de seguridad pública que establece el centro de detención es responsable de la gestión del centro de detención.
El nombre del centro de custodia y educación es “Centro de Cojín y Educación de la Dirección de Seguridad Pública de la provincia, región autónoma, municipio directamente dependiente del Gobierno Central y prefectura autónoma (liga, ciudad)”.
Artículo 5: El centro de detención y educación tendrá un director, un comisario político (instructor) y de uno a tres subdirectores. De acuerdo con las necesidades reales, se equipará al personal policial, como el personal de consultoría, médico y contable, y el número correspondiente de personal.
Configuración policial: generalmente no menos de 12 personas. Si el promedio de personas que reciben educación por mes excede de 100, se distribuirán según la proporción del número promedio de personas que reciben educación por mes 15, entre las cuales debe haber no menos de 2 miembros del personal médico y un cierto número de mujeres. agentes de policía.
El director, el comisario político (instructor) y el subdirector deben tener un título universitario o superior, y los agentes de policía que se dediquen a asesoramiento psicológico, atención médica y contabilidad deben tener un título de escuela secundaria técnica o superior.
Según las necesidades reales, el centro de detención y educación puede establecer las instituciones de trabajo necesarias.
Artículo 6. Los agentes de policía de los centros de detención deben respetar estrictamente la Constitución y las leyes, ser leales a sus deberes, hacer cumplir la ley de manera imparcial, observar estrictamente la disciplina y ser honestos y honestos.
Está estrictamente prohibido golpear, regañar, castigar corporalmente, insultar o insultar a los educadores detenidos, o utilizar los servicios proporcionados por los educadores detenidos para beneficio personal, y proteger eficazmente los derechos e intereses legítimos de los educadores detenidos. .
Está estrictamente prohibido violar las regulaciones para solicitar, aceptar u ocupar la propiedad del personal educativo detenido y sus familiares, o entregar en privado cartas o artículos al personal educativo detenido.
Está estrictamente prohibido liberar a los educadores encarcelados sin permiso.
Artículo 7 Un centro C&E establecerá un área de oficinas, un área C&E, un área de producción laboral, un área médica, etc. Equipado con las instalaciones médicas necesarias, equipo educativo, equipo cultural y deportivo y equipo de transporte y comunicaciones.
Artículo 8 La construcción básica, el equipamiento necesario, el equipo y los gastos de gestión diaria del centro C&E se informarán al comité de planificación local y al departamento financiero y se incluirán en el plan de construcción de capital y el presupuesto financiero. Artículo 9 La admisión de personas para recibir educación en los centros C&E se basará en la decisión de C&E emitida por los órganos de seguridad pública a nivel de condado o superior.
Artículo 10: Cuando una institución educativa acepte a un educando, deberá completar el formulario de registro de educando de la institución, realizar exámenes de salud y enfermedades de transmisión sexual y completar el formulario de examen de salud y enfermedades de transmisión sexual del educando.
No serán detenidos los prostitutos y prostitutas que tengan alguna de las siguientes circunstancias:
(1) Los menores de catorce años;
(2); ) Personas que padecen enfermedades incurables, enfermedades infecciosas agudas y enfermedades graves distintas de las enfermedades de transmisión sexual;
(3) Las que están embarazadas o amamantan a sus propios bebés;
(4) Las que han sido víctimas de trata o forzadas a prostituirse;
(5) Heridas graves.
Si se determina que una persona no es apta para la custodia y educación después de ser recibida, será enviada a la unidad de manejo de casos para recibir otro tratamiento de conformidad con la ley si la persona es adicta; fumar o inyectarse drogas, deberá ser previamente desintoxicado obligatoriamente; si pudiera padecer una enfermedad mental, la unidad que se ocupa del caso procederá a una evaluación;
Artículo 11. El centro C&E informará al personal de C&E de sus derechos e intereses legítimos y de las normas que deben observar conforme a la ley, y realizará la primera entrevista dentro de las 24 horas siguientes a su ingreso al centro.
Artículo 12. Los educandos aceptados en el centro educativo deben revisarse ellos mismos y sus pertenencias para evitar que entren al centro artículos prohibidos. Los exámenes físicos de las educadas deben ser realizados por personal femenino.
Registrar artículos de primera necesidad y efectivo, completar el formulario de registro de preservación de propiedad y conservarlo en el centro de custodia y educación.
Artículo 13: Los centros C&E establecerán archivos del personal detenido y educado e implementarán una gestión informática.
Después de inscribirse en la escuela, el personal capacitado debe tomar una fotografía de medio cuerpo, de una pulgada y sin sombrero, y la fotografía y los negativos deben incluirse en sus archivos personales.
El contenido del archivo debe incluir: carta de decisión de educación residencial, formulario de registro de registro del personal de educación residencial, lista de verificación de salud y enfermedades de transmisión sexual del personal de educación residencial, formulario de registro de preservación de propiedad del personal de educación residencial, disolución anticipada o extensión del formulario de aprobación de educación residencial, formulario de aprobación de licencia para el personal de educación residencial, aviso de pago de depósito para la licencia para el personal de educación residencial, certificado de permiso de licencia para el personal de educación residencial y formulario de aprobación de la licencia para tratamiento médico. Certificado de libertad condicional médica para el personal educativo detenido, carta de garantía del garante, formulario de registro del personal educativo detenido consultado por la agencia que maneja el caso, registros de desempeño (recompensas y castigos, estado de estudios, etc.) durante el período de detención. , formulario de identificación del personal educativo detenido y certificado de liberación del personal educativo detenido.
Si una persona bajo custodia y educación fallece durante el período de C&E, el certificado de identificación de defunción de la persona bajo custodia y educación, el aviso de defunción de la persona bajo custodia y educación y el formulario de registro para el La disposición de los bienes de la persona bajo custodia y educación después de la muerte de la persona bajo custodia y educación se incluirá en sus archivos.
De acuerdo con las leyes y regulaciones pertinentes, los centros C&E deben conservar los expedientes de los detenidos. Al verificar los expedientes del personal educativo detenido, la agencia que maneja el caso debe tener un certificado de la agencia que maneja el caso y la identificación válida del personal que maneja el caso, y debe obtener la aprobación del director. Artículo 14 Los centros de educación laboral establecerán y mejorarán un estricto sistema de gestión y un sistema de responsabilidad laboral e implementarán una gestión estandarizada. Las personas educadas en el centro de detención deben cumplir con el sistema de gestión del centro de detención y obedecer la dirección.
Artículo 15 Las instituciones educativas implementarán un sistema de registro de entrada y salida. Los miembros que no sean del personal del instituto no pueden ingresar al área de educación de recepción; si se requiere la entrada en circunstancias especiales, debe ser aprobada por el director y dirigida por el personal.
Artículo 16 La agencia de manejo de casos se encargará de los trámites de registro con el certificado de la agencia de manejo de casos y los certificados válidos del personal de manejo de casos, y llevará a cabo los procedimientos de registro en el lugar designado dentro de del instituto con la aprobación del director. El número de interrogadores no será inferior a dos.
Artículo 17 Las instituciones de reeducación por el trabajo implementarán un sistema de patrullaje las 24 horas. El personal de servicio deberá cumplir estrictamente con sus puestos y no podrá abandonar sus puestos sin autorización. Los problemas descubiertos deben informarse con prontitud y manejarse adecuadamente.
Artículo 18, las instalaciones de C&E deberán garantizar la seguridad, realizar inspecciones de seguridad periódicas, eliminar peligros ocultos y prevenir estrictamente accidentes como fugas, suicidios, golpizas y peleas mutuas entre el personal de C&E y comportamientos que pongan en peligro la seguridad de las instalaciones de C&E.
Artículo 19: Las instituciones educativas realizarán un tratamiento separado de las personas detenidas para recibir educación en función de su género, enfermedades de transmisión sexual y condición de adulto.
El profesorado femenino debería estar dirigido por personal femenino.
Artículo 20 Las instituciones educativas implementarán estrictamente el código de conducta y el sistema de vida de un día para las personas educadas en la institución.
Artículo 21 Las instituciones C&E implementarán un sistema jerárquico de gestión y evaluación de gestión estricta, gestión general y gestión laxa basada en las faltas y el arrepentimiento de las personas detenidas y educadas. Según los resultados de la evaluación, el nivel se aumentará o reducirá de manera oportuna.
Artículo 22 Si las personas educadas muestran arrepentimiento o servicio meritorio, podrán ser elogiadas, mejoradas o expulsadas de la educación por adelantado.
Si es necesario dar por terminado C&E anticipadamente, el centro C&E deberá presentar sus dictámenes y elevarlos al órgano de seguridad pública que originalmente decidió sobre C&E para su aprobación, y al mismo tiempo, se archivará. con el órgano de seguridad pública a cargo del centro C&E. Si C&E se publica por adelantado, el período de C&E real no será inferior a la mitad del período de C&E original.
Artículo 23: El centro de detención podrá dar una advertencia, rebajar o extender la detención y educación de las personas que se nieguen a recibir educación, desobedezcan a la dirección o tengan conductas que pongan en peligro la seguridad del centro de detención.
Si es necesario extender la detención y educación, el centro C&E deberá presentar sus opiniones y presentarlas a la agencia de seguridad pública que originalmente decidió sobre el C&E para su aprobación, y al mismo tiempo, deberá presentarse ante la agencia de seguridad pública a cargo del centro C&E. Si se prorroga la educación bajo custodia, el período real de educación bajo custodia no excederá los dos años.
Artículo 24: Si una persona bajo custodia y educación no está satisfecha con una decisión de C&E o una decisión de extender C&E y solicita una reconsideración de conformidad con la ley o presenta una demanda administrativa ante el Tribunal Popular, el C&E La instalación transferirá rápidamente los materiales a los departamentos pertinentes.
Artículo 25 Después de recibir informes, quejas y otros materiales de las personas bajo custodia y educación, el centro de custodia y educación los presentará de inmediato a los departamentos pertinentes o autoridades superiores para su procesamiento.
Artículo 26: Si una persona bajo custodia y educación confiesa voluntariamente actos ilegales y criminales, el centro de custodia y educación recomendará a los departamentos pertinentes que sean tratados con indulgencia de acuerdo con la ley.
Durante el período de C&E, si se descubre que una persona bajo C&E ha cometido otros actos ilegales o criminales no resueltos o ha cometido nuevos actos ilegales o criminales, la instalación de C&E deberá notificar de inmediato a la agencia que maneja el caso. para llevar el caso de acuerdo con la ley.
Artículo 27 Si una persona detenida y educada necesita abandonar la institución C&E por nacimiento de una hija, enfermedad grave, fallecimiento de un familiar inmediato u otros motivos legítimos, deberá tener garantizada por un familiar o la unidad donde trabaja Sólo después del pago de un depósito de seguridad y la aprobación del director y la presentación ante la autoridad de seguridad pública a cargo de la institución se puede abandonar la institución. De aprobarse la renuncia se expedirá un “Certificado de Renuncia para Personal Educativo”. El plazo de dimisión no suele exceder de siete días.
Artículo 28 El depósito se cobra en función del número de días de licencia, con un límite máximo diario de 1.000 yuanes. Si no puede pagar, puede reducirlo adecuadamente.
El depósito de seguridad será pagado por el garante en una sola suma a la cuenta bancaria designada por el órgano de seguridad pública con base en el "Aviso de pago de depósito para la recepción de personal educativo renunciado" emitido por el órgano de seguridad pública.
Artículo 29 A quienes se les apruebe el regreso a la escuela para recibir educación, se les devolverá el depósito; si no regresan dentro del plazo, el centro de custodia y educación será responsable de recuperarlo, y el órgano de seguridad pública a cargo del centro de custodia y educación impondrá una multa de no más de 1.000 yuanes. Si el garante no cumple con la obligación de garantía, el órgano de seguridad pública a cargo del centro de custodia y educación impondrá una multa. multa de no más de 1.000 yuanes. Si constituye una violación de la gestión de la seguridad pública, el garante será sancionado de conformidad con las disposiciones del Reglamento de Sanciones de la Gestión de la Seguridad Pública. La multa podrá deducirse del depósito de garantía y se reembolsará el resto del mismo.
Artículo 30. Si la persona que recibe educación padece una enfermedad grave o infecciosa que no presenta las condiciones médicas o no puede curarse en un corto período de tiempo, después del diagnóstico y evaluación de un hospital del nivel del condado o superior designado por el gobierno popular provincial. , se garantizarán las opiniones de su familia o unidad sobre la educación. Después de informar al órgano de seguridad pública responsable de la educación, la persona podrá ser puesta en libertad condicional por motivos médicos y se notificará al órgano de seguridad pública que originalmente decidió recibir educación.
Autolesión, automutilación, no fuera del hospital.
Artículo 31 Para aquellos que sean aprobados para la libertad condicional por razones médicas, el centro C&E emitirá un certificado de libertad condicional por razones médicas a la persona que está siendo detenida y educada, y se comunicará con la unidad donde la persona está siendo detenida y educada. el lugar de residencia permanente o la calle (municipio) de residencia temporal Firmó un acuerdo conjunto de asistencia y educación con la comisaría.
El personal capacitado que ingresa en el hospital para recibir tratamiento médico debe presentarse al hospital con regularidad. Las personas con movilidad limitada o distancias largas pueden hacerlo por escrito. Las instituciones de custodia y educación deben realizar inspecciones periódicas, y la supervisión, inspección y asistencia diarias son responsabilidad de la unidad, calle (municipio) y estación de seguridad pública del lugar de residencia permanente o temporal.
Si una persona bajo custodia y educación que es puesta en libertad condicional por razones médicas comete nuevos actos ilegales o criminales, será tratada de acuerdo con las leyes y reglamentos pertinentes si no hay nuevos actos ilegales o criminales; ley, y la persona que está bajo custodia y educación puede ser puesta en libertad según lo previsto después de la expiración del período de custodia y educación si ha realizado un servicio meritorio, podrá ser puesta en libertad según lo previsto C&E será liberada en. avanzar según las normas.
Si la situación de libertad condicional por motivos médicos desaparece, deberá ser llevado de nuevo al hospital inmediatamente para su ejecución.
Artículo 32: Si una persona instruida que se encuentra bajo custodia y educación fallece durante el período de educación, el órgano de seguridad pública a cargo de la institución educativa organizará un médico forense o un médico designado para realizar un estudio de defunción. tasación, la cual será revisada por la Fiscalía Popular del mismo nivel e informada a la Fiscalía Popular del mismo nivel. El órgano de seguridad pública de primer nivel y la Fiscalía Popular archivarán el aviso de defunción y cumplimentarán el aviso de defunción del educado. persona que fue detenida para recibir educación y notificar a la familia del fallecido, a la unidad y a la comisaría de policía local. Si los familiares se niegan a reclamar el cuerpo, los órganos de seguridad pública tomarán fotografías y se ocuparán del mismo. Si nadie reclama los bienes abandonados dentro del plazo fijado por las leyes pertinentes, estos serán entregados al tesoro estatal. Artículo 33: Al educar a los educados en la institución, las instituciones educativas se adherirán al principio de enseñar a los estudiantes de acuerdo con sus aptitudes, enseñar por clasificación, convencer a las personas con la razón, salvar a los estudiantes con la razón, combinar la educación colectiva con la educación individual y combinar Educación interna con principio de educación social. Realizar la aulalización, institucionalización, estandarización y sistematización de la educación.
Artículo 34: Las instituciones educativas brindarán educación jurídica, moral, cultural y sanitaria a las personas educadas que sean detenidas, y las organizarán para participar en la producción laboral y aprender habilidades laborales.
Artículo 35: A las personas analfabetas o semianalfabetas que se encuentren bajo custodia y educación, el centro de custodia y educación llevará a cabo la alfabetización, si las condiciones lo permiten, se podrá realizar tutoría cultural en las escuelas primarias y secundarias. Se anima a los educadores con un título de escuela secundaria o superior a realizar estudios por cuenta propia y se les puede organizar para que tomen varios exámenes de autoestudio.
Artículo 36 La educación laboral en las instituciones C&E debe adherirse al principio de basarse en la transformación ideológica, centrarse en la educación y el empleo, y adaptar las medidas a las condiciones locales. Las instituciones C&E pueden organizarse para participar en actividades vocacionales y técnicas. formación si las condiciones lo permiten.
Cuando personas detenidas y educadas participen en la producción laboral, se debe garantizar su seguridad y se les pagará una cierta cantidad de remuneración laboral de acuerdo con la reglamentación.
Artículo 37 Los centros de detención organizarán al personal educativo internado para realizar actividades culturales y deportivas útiles. Artículo 38 Las habitaciones de alojamiento de personas educadas deberán estar ventiladas, iluminadas y protegidas contra el golpe de calor, el frío y la humedad. Las instituciones de reeducación a través del trabajo deben realizar inspecciones periódicas de seguridad para prevenir incendios y otros desastres naturales.
La superficie útil per cápita de una habitación de alojamiento no será inferior a tres metros cuadrados.
Artículo 39 Los gastos de manutención y médicos de las personas educadas detenidas durante su estancia correrán por cuenta de ellas mismas o de sus familiares. Si hay dificultades reales, el centro C&E puede informarlas al departamento financiero local para su resolución.
Los estándares de cobro los formula uniformemente el departamento de precios comerciales del órgano de seguridad pública en función de las condiciones reales locales.
Artículo 40: Los gastos de manutención y gastos médicos pagados por los educados o sus familiares se conservarán de manera unificada después de que la institución educativa emita un recibo y se establecerá una cuenta para su uso.
Artículo 41 El comedor de los educadores deberá habilitarse separadamente. Los centros C&E deben esforzarse por ajustarse y mejorar dentro de los estándares prescritos y publicar cuentas de alimentos cada mes.
Los educadores de grupos étnicos minoritarios deben recibir la atención adecuada en su vida diaria en función de las costumbres y hábitos étnicos.
Artículo 42: Los centros C&E instalarán clínicas o dispensarios de salud y establecerán un sistema de salud y prevención de epidemias. Debe haber instalaciones y equipos para que los educadores alojados se duchen, se corten el pelo, laven y sequen la ropa; se debe mantener la limpieza dentro y fuera del refugio, y se debe impartir educación sobre desinfección, ecologización y embellecimiento del entorno del refugio.
Artículo 43 Las instituciones educativas realizarán exámenes físicos periódicos a las personas educadas de la institución; cooperarán activamente con el departamento de salud local para realizar exámenes obligatorios de enfermedades de transmisión sexual a las personas educadas bajo custodia; aislamiento.
Artículo 44 Las instituciones educativas deberán tratar con prontitud a las personas educadas que padezcan otras enfermedades. Los que están gravemente enfermos pueden ser hospitalizados con la aprobación del director, y debe haber agentes de policía de guardia para evitar fugas, suicidios y otros accidentes.
Si se descubre que un detenido padece una enfermedad infecciosa, debe ser aislado y tratado inmediatamente.
Artículo 45 Los ingresos provenientes de la producción laboral en una institución C&E se utilizarán para mejorar la vida del personal C&E y la construcción de instituciones C&E. Los ingresos y gastos de la producción laboral deben establecerse por separado y gestionarse estrictamente. Artículo 46: Las comunicaciones entre las personas que se educan en el centro de detención se registrarán, enviarán y recibirán de manera unificada. Las cartas no pueden contener artículos prohibidos.
Artículo 47: Los centros de detención permiten que los familiares del personal educativo detenido los visiten de acuerdo con las regulaciones pertinentes. En circunstancias normales, se puede visitar una vez al mes, con no más de tres personas a la vez.
Si otras personas, extranjeros o familiares en el extranjero solicitan reunirse, el director del Centro C&E deberá aprobarlo.
Artículo 48 Los entrevistadores deberán poseer cédulas y certificados vigentes, y haber sido verificados y registrados por el Centro C&E. No se permitirán reunirse quienes carezcan de documentos, certificados o testigos.
Artículo 49 Las reuniones se celebrarán en la sala de conferencias o lugar designado. El personal de la reunión debe cumplir con las regulaciones pertinentes y a los infractores se les puede ordenar que suspendan la reunión.
Artículo 50: Los artículos transportados por una persona designada o enviados por correo a una persona bajo custodia y educación deben ser revisados y registrados por la persona bajo custodia y educación antes de ser entregados a la persona. Artículo 51. Cuando expire el período de C&E, se cancelará el C&E inmediatamente, se emitirá un certificado de C&E y se notificará a los miembros o unidades de la familia para que lo recuperen. Al mismo tiempo, se deberá informar al puesto de seguridad pública del lugar de residencia permanente o temporal.
Artículo 52 El período de guarda y educación se computará a partir de la fecha de su ejecución.
El acto de ser detenido por detención penal es el mismo que el acto de ser detenido por educación. Un día de detención penal equivale a un día de detención y educación.
Si una persona es detenida por el órgano de seguridad pública por el mismo hecho y luego decide recibir educación, el período de detención por seguridad pública no se reducirá al período de recepción de educación.
El período durante el cual la persona educada es dada de alta del hospital y puesta en libertad condicional por razones médicas se computará dentro del período de educación. En caso de violación de las normas pertinentes, el período de abandono de la escuela no se contará como parte del período de recepción de la educación.
Artículo 53: Si una persona en custodia y educación es condenada a prisión penal, arresto, reeducación por el trabajo o reeducación juvenil por otros actos ilegales o delictivos, la institución de custodia y educación se encargará de los procedimientos de salida en de acuerdo con los documentos legales pertinentes y trasladarlo fuera de la institución. Durante el período, los materiales escritos se formarán y entregarán junto con el caso.
Artículo 54: Cuando una persona educada sea detenida, la institución de acogida deberá indicar el motivo y el paradero en el formulario de registro de alojamiento de la persona educada. Para devolver los bienes conservados a nombre del detenido, éste deberá firmar y sellar el "Formulario de Registro de Custodia de Bienes del Detenido".
Artículo 55: Los centros de reeducación laboral visitarán periódicamente a las personas que hayan sido liberadas de la reeducación por el trabajo y cooperarán activamente con los departamentos pertinentes para brindar asistencia y educación. Artículo 56: Las instituciones de educación residencial implementarán una gestión jerárquica y las medidas específicas serán formuladas por el Ministerio de Seguridad Pública.
Artículo 57 El formato de los documentos de gestión de los centros C&E será formulado uniformemente por el Ministerio de Seguridad Pública e impreso por los departamentos y oficinas de seguridad pública de todas las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central. .
Artículo 58 Las presentes Medidas entrarán en vigor a partir de la fecha de su promulgación.