Las principales diferencias entre propuestas y mociones son los diferentes temas, el diferente alcance de los requisitos, los diferentes métodos de presentación y los diferentes efectos legales.
1. Proponer que los temas sean diferentes. Existen requisitos legales estrictos para proponer una "propuesta". Según el artículo 18 de la Ley de organización local, los diputados del Congreso Popular a nivel de condado o superior deben tener al menos 10 avales, y los diputados al Congreso del Pueblo a nivel de municipio deben tener al menos 5 avales para tener el derecho a proponer "propuestas". En cuanto a las "propuestas", según el artículo 11 del Reglamento de Trabajo de Propuestas, los miembros de la CCPPCh pueden presentar propuestas de forma individual o conjunta, y no hay límite en el número de miembros.
2. El alcance de los requisitos es diferente. El contenido del “proyecto de ley” es relativamente limitado. El artículo 9 de la Ley de Representación estipula: “Los representantes tienen derecho a proponer al Congreso del Pueblo del nivel correspondiente propuestas que entren dentro del ámbito de competencias del Congreso del Pueblo del nivel correspondiente de conformidad con los procedimientos prescritos por la ley. tendrá una causa de acción, evidencia y plan.” Y “propuesta” El contenido cubierto es relativamente amplio.
3. Los métodos de presentación de casos son diferentes. Según el artículo 18 de la Ley Orgánica Local, un "proyecto de ley" sólo puede convertirse en una moción de la conferencia si es votado y aprobado por el presidium de la conferencia o el Congreso del Pueblo. De acuerdo con el artículo 17 del Reglamento de Trabajo de la Propuesta, siempre que la "propuesta" sea revisada por el Comité de Propuestas y cumpla con lo dispuesto en el Capítulo 3 del Reglamento de Trabajo de la Propuesta, se archivará.
4. Los efectos jurídicos son diferentes. Una vez que el "proyecto de ley" es revisado y aprobado por el Congreso del Pueblo, se vuelve legalmente vinculante. El departamento responsable no tiene elección entre hacerlo o no. Sólo puede decidir cómo hacerlo y cómo hacerlo bien. La "propuesta" no tiene la fuerza jurídica vinculante de un proyecto de ley del Congreso Nacional del Pueblo.
El sujeto de la redacción de la propuesta
El sujeto de la redacción de la propuesta es un individuo como miembro de la CCPPCh, un empleado de una empresa o institución, o un accionista de. En una sociedad anónima, tiene derecho a presentar sus opiniones y sugerencias a la autoridad del mismo nivel. Las opiniones y sugerencias personales sólo pueden expresarse como propuestas y no como mociones, incluso si hay varias personas que las secunden. la moción, no se le puede cambiar el nombre como moción. Las propuestas deben incluirse en el orden del día de la asamblea general para su revisión, y las propuestas sirven como referencia para los departamentos pertinentes a la hora de tomar decisiones futuras. Pueden ser adoptadas o no. Por tanto, "propuesta" y "propuesta" son dos tipos de escritura fundamentalmente diferentes.