Medidas de gestión de alerta temprana de terremotos en la Región Autónoma Uygur de Xinjiang

Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Estas Medidas se formulan de conformidad con leyes y reglamentos como la Ley de Prevención de Terremotos y Mitigación de Desastres de la República Popular China, la Ley de Respuesta a Emergencias de la República Popular China, los Reglamentos del Consejo de Estado sobre Seguimiento y Gestión de Terremotos, y a la luz de las condiciones reales de la comunidad autónoma. Artículo 2 Quienes se dediquen a la planificación, construcción, divulgación de información, supervisión y gestión de sistemas de alerta temprana de terremotos dentro del ámbito administrativo de la comunidad autónoma deberán cumplir con las presentes Medidas. Artículo 3 El término "alerta temprana de terremotos", como se menciona en estas Medidas, se refiere al uso de instalaciones, equipos y tecnologías relacionadas de monitoreo sísmico para emitir información de alerta temprana al área antes de que las ondas sísmicas destructivas alcancen el área que pueda resultar dañada. Artículo 4 La alerta temprana de terremotos sigue los principios de liderazgo gubernamental, cooperación departamental y participación social, e implementa un mecanismo de trabajo de planificación unificada, gestión unificada y liberación unificada. Artículo 5 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior fortalecerán el liderazgo en el trabajo de alerta temprana de terremotos, establecerán un mecanismo de coordinación de alerta temprana de terremotos, coordinarán y resolverán problemas importantes en la alerta temprana de terremotos, mejorarán las capacidades de alerta temprana de terremotos e incorporarán la planificación, construcción, operación y gestión de los sistemas de alerta temprana de terremotos en sus propias leyes. Los fondos necesarios para la prevención de terremotos y la planificación de la reducción de desastres en las regiones administrativas serán garantizados por los fondos especiales para la prevención de terremotos y la reducción de desastres del gobierno al mismo nivel. Artículo 6 Los departamentos o instituciones responsables del trabajo sísmico de los gobiernos populares a nivel de condado o superior (en adelante, los departamentos competentes para el trabajo sísmico) son responsables de la supervisión y gestión del trabajo de alerta temprana de terremotos dentro de sus respectivas regiones administrativas.

Los departamentos de desarrollo y reforma, educación, ciencia y tecnología, seguridad pública, finanzas, conservación del agua, salud, radio y televisión, comunicaciones y otros departamentos de los gobiernos populares a nivel de condado o superior llevarán a cabo terremotos. labores de alerta temprana de conformidad con sus respectivas responsabilidades. El artículo 7 alienta y apoya a las fuerzas sociales a realizar innovación científica y tecnológica, investigación y desarrollo de productos, aplicación de resultados y participar en la construcción de sistemas de alerta temprana de terremotos de conformidad con la ley. Artículo 8 Los departamentos competentes para el trabajo en terremotos de los gobiernos populares a nivel de condado o superior son responsables de popularizar el conocimiento de alerta temprana de terremotos entre el público, guiar, ayudar y supervisar a las unidades relevantes para llevar a cabo publicidad y educación sobre el conocimiento de alerta temprana de terremotos y terremotos. Simulacros de prevención y evacuación de emergencias.

Los gobiernos, grupos, empresas e instituciones deben llevar a cabo simulacros de emergencia y alerta temprana de terremotos y difundir conocimientos basados ​​en las condiciones reales.

Los comités de aldea (residentes), de acuerdo con los requisitos del gobierno popular local, ayudarán en la difusión de conocimientos sobre alerta temprana de terremotos y simulacros de emergencia de alerta temprana de terremotos.

Los periódicos, la radio, la televisión, Internet y otros medios deben realizar publicidad de bienestar público sobre el conocimiento de la alerta temprana de terremotos. Capítulo 2 Planificación y construcción del sistema de alerta temprana de terremotos Artículo 9 El departamento competente de trabajos sísmicos de la región autónoma, junto con los departamentos pertinentes, formulará un plan de construcción para el sistema de alerta temprana de terremotos de la región autónoma de acuerdo con la alerta temprana de terremotos nacional. plan de construcción del sistema y requisitos técnicos, y organizar su implementación después de presentarlo al Gobierno Popular de la región autónoma para su aprobación. Artículo 10 El plan de construcción del sistema de alerta temprana de terremotos de la región autónoma incluirá un sistema de estaciones de monitoreo de alerta temprana de terremotos, un sistema de red de comunicaciones, un sistema de procesamiento automático de información, un sistema de liberación y difusión de información y un sistema de soporte y garantía técnica. Artículo 11 Las autoridades de trabajo contra terremotos del estado y la ciudad (prefectura) en el área de planificación de la construcción del sistema de alerta temprana de terremotos, junto con los departamentos pertinentes, organizarán la preparación del plan de implementación para la construcción del sistema de alerta temprana de terremotos en esta región administrativa de acuerdo con las autoridades autónomas. plan de construcción del sistema de alerta temprana de terremotos de la región e informarlo a la región autónoma de terremotos Organizar e implementar después de la aprobación del departamento competente. Artículo 12 El departamento competente en materia de terremotos de la región autónoma organizará la construcción de un sistema unificado de alerta temprana de terremotos para toda la región de acuerdo con el plan de construcción del sistema de alerta temprana de terremotos de la región autónoma. Los departamentos competentes en materia de terremotos del estado. , ciudad (prefectura), condado (ciudad, distrito) ayudarán en los trabajos de prevención y control de terremotos. Trabajos relacionados con la construcción de sistemas de alerta temprana.

Para construir una red de monitoreo y alerta temprana de terremotos, debemos aprovechar al máximo los recursos existentes de varias estaciones de monitoreo de terremotos para evitar la duplicación de la construcción. Artículo 13 El software y el equipo para la construcción y operación del sistema de alerta temprana de terremotos, así como las tecnologías y aplicaciones relacionadas, deberán cumplir con las normas nacionales y las normas de la industria. Artículo 14 Los departamentos y unidades como terremotos, ferrocarriles, petroquímicos y conservación de agua fortalecerán la cooperación y promoverán la construcción de sistemas de recepción y procesamiento de información de alerta temprana de terremotos para proyectos importantes como ferrocarriles de alta velocidad, petroquímicos, minas y embalses.

Las unidades de construcción de proyectos importantes también pueden construir sistemas especiales de alerta temprana de terremotos según sea necesario. La unidad constructora deberá informar del estado de construcción del sistema especial de alerta temprana de terremotos al departamento de trabajos sísmicos competente de la región autónoma para su registro. Artículo 15 Si las estaciones (puntos) de alerta temprana de terremotos construidas por las fuerzas sociales y los sistemas especiales de alerta temprana de terremotos construidos por las unidades pertinentes cumplen con el plan nacional de construcción de alerta temprana y los requisitos técnicos pertinentes, podrán incluirse en el sistema de alerta temprana de terremotos de la región autónoma para lograr el intercambio de información. Artículo 16 El departamento competente a cargo del trabajo sísmico dará prioridad a la instalación y transmisión de alerta temprana de terremotos en escuelas, hospitales, estaciones, aeropuertos, estadios, teatros, centros comerciales, museos, bibliotecas, atracciones turísticas y otros lugares concurridos en vigilancia sísmica clave. y áreas de defensa. Dispositivos de información y prestación de servicios para el establecimiento de mecanismos de emergencia.

El usuario es responsable de la operación y mantenimiento de los dispositivos de recepción y transmisión de información de alerta temprana de terremotos. Artículo 17 Una vez completado el sistema de alerta temprana de terremotos, se someterá a una operación de prueba de un año. Sólo después de que la operación de prueba haya sido completada y aceptada por las autoridades de trabajo sísmicos del país o de la región autónoma, se podrá poner oficialmente en funcionamiento. Capítulo 3 Divulgación y eliminación de información de alerta temprana de terremotos Artículo 18 La información de alerta temprana de terremotos será publicada uniformemente por el departamento de trabajo sísmico de la región autónoma autorizado por el Gobierno Popular de la región autónoma.

Ninguna otra unidad o individuo puede divulgar información de advertencia de terremotos al público de ninguna forma.