1. Tasa del impuesto al servicio de transporte
1. La tasa del impuesto al servicio de transporte es generalmente 11. Puede transportar sal comestible, libros, periódicos, revistas, productos de audio y video, publicaciones electrónicas. , piensos, cereales, etc. Productos agrícolas, aceites vegetales comestibles, fertilizantes químicos, pesticidas, maquinaria agrícola, películas agrícolas, gas natural, dimetiléter, biogás y otros artículos.
2. Base jurídica: Artículo 2 del “Reglamento Transitorio del Impuesto al Valor Agregado”, Tipos de IVA: (1) Salvo disposición en contrario de los numerales 2, 4 y 5 de este artículo, los contribuyentes que vendan bienes, servicios, La tasa impositiva para los servicios de arrendamiento de bienes muebles tangibles o bienes importados es 17 (2) contribuyentes que venden servicios de transporte, servicios postales, telecomunicaciones básicas, construcción y arrendamiento de bienes raíces, venden bienes inmuebles, transfieren derechos de uso de la tierra, y vender o importar los siguientes bienes, la tasa impositiva es 11: cereales, aceite vegetal comestible, sal comestible y otros productos agrícolas, agua del grifo residencial, calefacción, aire acondicionado, agua caliente, gas de carbón, gas licuado de petróleo, gas natural, dimetilo; éter, biogás, productos del carbón; libros, periódicos, revistas, productos audiovisuales y publicaciones electrónicas; piensos, fertilizantes químicos, pesticidas, maquinaria agrícola, películas agrícolas y otros bienes especificados por el Consejo de Estado; activos, salvo disposición en contrario en los artículos 1, 2 y 5 de este artículo, el tipo impositivo es 6. Los contribuyentes exportan bienes a un tipo impositivo cero, a menos que el Consejo de Estado estipule lo contrario;
2. ¿Cuánto cuesta el transporte?
Los gastos de transporte pertenecen a la cuenta contable de gastos de ventas; en la compra de mercancías, el pago de los gastos de transporte pertenece a la cuenta contable de inventarios o materias primas. Si los bienes vendidos son artículos libres de IVA, métodos sencillos de cálculo de impuestos, etc. , no se puede generar ningún impuesto repercutido y el flete pagado no se puede deducir del impuesto soportado incluso si se obtiene una factura especial con IVA.
Si los bienes adquiridos se destinan a proyectos exentos de IVA, bienestar colectivo o consumo personal, etc. , y no se puede generar el impuesto de salida Incluso si se obtiene una factura con IVA especial por el flete pagado, el impuesto soportado no se puede deducir si los bienes comprados se utilizan para artículos sujetos al IVA y se obtiene una factura general, pero el flete pagado se ha pagado. una factura con IVA especial. El impuesto soportado sobre el flete se puede deducir de la factura. Si no se obtiene una factura con IVA especial, el impuesto soportado sobre el flete no se puede deducir.
Espero que el contenido anterior pueda ayudarte. Si tiene alguna otra pregunta, consulte a un abogado profesional.
Base jurídica: “Reglamento Provisional de la República Popular China sobre el Impuesto al Valor Añadido”
Artículo 2 Tasa del Impuesto al Valor Añadido:
(1) Además de los artículos 2, 4 y salvo que se disponga lo contrario en el punto 5, la tasa impositiva para los contribuyentes que venden bienes, servicios, servicios de arrendamiento de bienes muebles tangibles o bienes importados es 17.
(2) Los contribuyentes que vendan servicios de transporte, servicios postales, telecomunicaciones básicas, construcción y arrendamiento de inmuebles, vendan bienes inmuebles, transfieran derechos de uso de suelo, vendan o importen los siguientes bienes, la tasa del impuesto es 11:
p>1. Cereales, aceite vegetal comestible, sal comestible y otros productos agrícolas;
2. Agua del grifo residencial, calefacción, aire acondicionado, agua caliente, gas, gas licuado de petróleo. , gas natural, dimetil éter, biogás, productos del carbón;
3. Libros, periódicos, revistas, productos audiovisuales y publicaciones electrónicas,
4. maquinaria agrícola, películas plásticas;
5. Otros bienes especificados por el Consejo de Estado.
(3) Salvo disposición en contrario en los puntos 1, 2 y 5 de este artículo, la tasa impositiva para los contribuyentes que venden servicios y activos intangibles es 6.
(4) Sin embargo, los contribuyentes exportan bienes a una tasa impositiva cero, a menos que el Consejo de Estado estipule lo contrario;
(5) La tasa impositiva para las ventas transfronterizas de servicios y activos intangibles dentro del alcance prescrito por el Consejo de Estado por entidades e individuos nacionales es cero.
El ajuste de los tipos impositivos será determinado por el Consejo de Estado.