¿Puedo grabar yo mismo el sello oficial de una institución educativa?

Análisis jurídico: Los sellos no pueden ser labrados de forma privada y deben ser archivados o labrados de acuerdo con el contenido y procedimientos que determine el Ministerio de Seguridad Pública.

Base legal: Aviso del Ministerio de Asuntos Civiles y del Ministerio de Seguridad Pública emitido por el Ministerio de Asuntos Civiles [1991] N° 3 sobre la emisión de las "Disposiciones Provisionales sobre la Gestión de Sellos de Grupos Sociales". 2. Para grabar un sello, una organización social deberá presentar al Ministerio de Seguridad Pública el certificado de registro de organización social y un certificado emitido por el departamento de asuntos civiles. Después de la aprobación del departamento de seguridad pública, debe grabarse y enviarse a una fábrica o institución de grabado de sellos designada.