(1) Solicitar sanciones disciplinarias. Incluye advertencias y notificaciones de críticas.
(2) Penalización de habilidad. A las personas jurídicas se les podrá ordenar la suspensión de matrícula o matrícula, la cancelación de su licencia escolar, o la suspensión o cancelación de sus habilitaciones para la expedición de certificados. Para las personas físicas, existen seis categorías: cancelación de calificaciones de exámenes, cancelación de resultados de exámenes, suspensión o restricción de exámenes, cancelación de calificaciones de admisión, cancelación de calificaciones de docentes y cancelación de calificaciones del personal examinador.
(3) Sanción patrimonial. Incluyendo multas y confiscación de ingresos ilegales.
(4)Castigo personal. Principalmente detención administrativa.
Base legal: El artículo 9 de las “Medidas Provisionales para la Implementación de Sanciones Administrativas Educativas” incluye:
(1) Amonestación;
(2) Multa ;
(3) Confiscar ganancias ilegales, confiscar certificados académicos, certificados de grado y otros certificados académicos emitidos e impresos ilegalmente;
(4) Cancelar escuelas y otras instituciones educativas establecidas ilegalmente;
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(5) Cancelación de calificaciones para la emisión de certificados académicos como calificaciones y títulos académicos
(6) Cancelación de calificaciones docentes
; (7) Detener exámenes y revisiones de solicitudes;
(8) Orden de suspender la inscripción
(9) Revocar la licencia escolar
(10) Otros; Sanciones administrativas educativas previstas en leyes y reglamentos.
Al imponer las sanciones anteriores, la administración educativa ordenará al interesado la corrección de la conducta ilícita en un plazo determinado.