Los docentes en plantilla tienen fondos de previsión para vivienda, y los fondos de previsión de los docentes se pagan en proporción a sus salarios. El índice de contribución de los empleados y las unidades al fondo de previsión de vivienda no será inferior al 5% del salario mensual promedio de los empleados en el año anterior. Las ciudades con condiciones pueden aumentar el índice de contribución de manera apropiada.
Actualmente, el fondo de previsión de vivienda mensual que deben pagar los docentes no puede exceder el 12% de su salario, pero debe pagarse en proporción a su salario. Al mismo tiempo, cabe señalar que habrá algunas diferencias en las políticas y la implementación de los fondos de previsión en distintos lugares, y prevalecerán las regulaciones locales.
Base legal: Artículo 15 del “Reglamento para la Administración del Fondo de Previsión para la Vivienda”, cuando una unidad contrate empleados, deberá acudir al Centro Gestor del Fondo de Previsión para la Vivienda para registrarse para el depósito dentro de los 30 días siguientes a la fecha de fecha de empleo y enviar el certificado al Centro de Administración del Fondo de Previsión para la Vivienda con el Enviar los documentos de revisión al banco encargado para manejar el establecimiento o transferencia de las cuentas del fondo de previsión para la vivienda de los empleados.
Si la unidad termina la relación laboral con sus empleados, la unidad deberá acudir al Centro Administrador del Fondo de Previsión de Vivienda para tramitar el registro de cambio dentro de los 30 días siguientes a la fecha de terminación de la relación laboral, y dirigirse a al banco encargado el documento de revisión del Centro de Gestión del Fondo de Previsión para la Vivienda Procedimientos para transferir o sellar las cuentas del fondo de previsión para la vivienda de los empleados.