Artículo 1 Con el fin de fortalecer la gestión de instrumentos y equipos en colegios y universidades y mejorar la eficiencia del uso de instrumentos y equipos, de acuerdo con las disposiciones pertinentes de las "Medidas para la Gestión de los Activos de Propiedad Estatal de las Instituciones Administrativas" y el "Reglamento de Trabajo de Laboratorio de Colegios y Universidades", formulan estas medidas.
Artículo 2 La escuela, de acuerdo con los principios de liderazgo unificado, gestión jerárquica centralizada y gestión eficaz, tendrá un director de escuela (decano) a cargo del trabajo de instrumentos y equipos, y determinará el instrumento de la escuela. y sistema de gestión de equipos y aclarar la organización en función de las condiciones y responsabilidades específicas de la escuela.
Artículo 3 Los instrumentos y equipos de la escuela son propiedad de la escuela. Los instrumentos y equipos comprados, operados o no operados a través de diversos canales se gestionarán de acuerdo con regulaciones unificadas. Con base en el precio, el rendimiento y otros factores, se determina que los instrumentos y equipos se administrarán a nivel ministerial, provincial, escolar, universitario y departamental, respectivamente.
Los instrumentos y equipos escolares deben equiparse según el principio de configuración óptima. De acuerdo con la situación real de la escuela, formularemos sistemas de gestión para la solicitud, aprobación, compra, aceptación, uso, mantenimiento y reparación de instrumentos y equipos, implementaremos un sistema de responsabilidad laboral y aprovecharemos al máximo la efectividad del uso. de instrumentos y equipos.
Artículo 4 Al comprar instrumentos y equipos, las escuelas deben esforzarse por ser de alta calidad y bajo precio para evitar que lleguen a la escuela productos falsificados y de mala calidad. Una vez que lleguen los instrumentos y equipos importados, el trabajo de aceptación debe completarse dentro del período de reclamación y cualquier artículo no calificado debe informarse de manera oportuna.
Una vez que los instrumentos y equipos adquiridos se registran en las cuentas del departamento de equipos a nivel escolar, el departamento financiero puede reembolsarlos para garantizar que las cuentas de instrumentos y equipos de cada departamento sean consistentes. El punto de partida del precio del alcance de la gestión es consistente con el punto de partida del precio de los activos fijos especificado por el Ministerio de Finanzas.
Artículo 5 Los instrumentos y equipos deben mantenerse en buenas condiciones, fluir razonablemente según sea necesario, compartir recursos y evitar el desperdicio inactivo y el uso privado de la propiedad pública. La configuración y desguace de instrumentos y equipos debe ser objeto de evaluación técnica y aprobación (archivo) por parte del departamento competente de acuerdo con la normativa pertinente. Los ingresos correspondientes deben entregarse a la escuela de acuerdo con las normas de gestión financiera.
Artículo 6: Los centros escolares deberán establecer archivos de equipos e información e implementar una gestión informática. Analice, investigue y resuma periódicamente el tipo, cantidad, cantidad, distribución y uso de instrumentos y equipos, e informe diversos datos estadísticos a tiempo y con precisión de acuerdo con las regulaciones pertinentes. Es necesario fortalecer la construcción de recursos de red dentro y fuera de la escuela, transmitir gradualmente datos relevantes en línea y aprovechar al máximo los medios modernos para lograr el intercambio de recursos y la gestión científica de instrumentos y equipos.
Artículo 7 La gestión de los instrumentos y equipos escolares debe implementar la política de administrar una escuela con diligencia y frugalidad, partir de la situación real de la escuela, aprovechar plenamente el potencial de los instrumentos y equipos existentes y prestar atención. al mantenimiento, desarrollo de funciones, transformación y mejora, y extensión de la vida. Las escuelas deben fomentar activamente nuevos instrumentos y equipos de enseñanza e investigación científica de fabricación propia y registrarlos después de aprobar la evaluación técnica.
Artículo 8 El personal escolar que trabaja con instrumentos y equipos debe tener los conocimientos profesionales y las capacidades comerciales correspondientes, y los gerentes deben tener los conocimientos de gestión correspondientes. Las escuelas deben otorgar gran importancia a la formación de un equipo de personal de instrumentos y equipos y brindar diversas oportunidades para participar en capacitación, seminarios y actividades de inspección. Aquellos que hayan logrado logros en tecnología experimental y hayan obtenido resultados deben ser recompensados. Es necesario formular métodos eficaces de evaluación empresarial y promoción a nivel técnico para que amen su trabajo y se esfuercen por mejorar sus niveles empresariales y de gestión.
Capítulo 2 Compra de instrumentos y equipos valiosos
Artículo 9: Los instrumentos y equipos con un precio unitario de más de 65 438 yuanes o más son instrumentos y equipos valiosos.
Artículo 10: El alcance de los instrumentos y equipos de valor administrados por el Ministerio de Educación.
1. Instrumentos y equipos con un precio unitario de más de 400.000 yuanes (inclusive);
2. El precio de una sola unidad (pieza) es inferior a 400.000 yuanes. se compra como un juego completo o se requiere Usado, y el juego completo de instrumentos y equipos cuesta más de 400.000 yuanes (inclusive);
3. El precio unitario es menos de 400.000 yuanes, pero es un Instrumentos y equipos importados del extranjero y claramente definidos como preciosos y escasos por el Ministerio de Educación.
Los departamentos administrativos de educación provinciales y los colegios y universidades pueden definir el alcance de sus valiosos instrumentos y equipos en función de las condiciones reales.
Artículo 11 Las instituciones de educación superior formularán planes razonables de compra de equipos basados en los planes de educación y desarrollo de materias.
1. Informe de viabilidad de adquisición de instrumentos y equipos
(1) Análisis de la necesidad y previsión de carga de trabajo del equipo para las tareas escolares y laborales locales (el equipo actualizado debe ser reemplazado por el equipo original) Los beneficios proporcionados por el equipo);
(2) El avance y aplicabilidad de los instrumentos y equipos adquiridos, incluido el alcance de las disciplinas aplicables de los instrumentos y equipos, la marca seleccionada, el grado, especificaciones, desempeño, precio e indicadores técnicos Razonabilidad;
(3) Implementar fondos para la compra de accesorios, repuestos y software para instrumentos y equipos, y una tarifa anual de operación y mantenimiento no menor al 6% del precio de compra después de la compra;
(4) Dotación de personal del equipo;
(5) Seguridad e integridad del sitio de instalación, entorno de uso y diversas instalaciones auxiliares;
(6) Plan de compartición dentro y fuera de la escuela;
(7) Predicción de beneficios y análisis de riesgos.
2. Procedimientos de aprobación de instrumentos y equipos
(1) Los solicitantes dentro de la escuela presentan informes de viabilidad.
(2) Las autoridades a nivel escolar organizan las materias pertinentes; expertos y personal escolar relevante demostrarán el informe de viabilidad y presentarán opiniones específicas;
(3) Informe al director de la escuela (decano) para su aprobación;
(4) El Ministerio de Educación y nivel provincial Los instrumentos y equipos administrados por el departamento administrativo de educación serán revisados por pares expertos cuando sea necesario.
Artículo 12 Las instituciones de educación superior deben establecer mecanismos factibles de adquisición y supervisión de instrumentos y equipos, implementar licitaciones abiertas o adquisiciones grupales y garantizar la calidad de los instrumentos y equipos adquiridos, ahorrando al mismo tiempo fondos escolares.
Capítulo 3 Uso y manejo de instrumentos y equipos valiosos
Artículo 13 Al comprar instrumentos y equipos, la escuela debe elegir una institución que pueda completar de manera clara y completa la instalación, depuración, aceptación, y procesamiento de reclamos de los instrumentos y equipos, garantía y empresas o fabricantes que pueden proporcionar repuestos en cualquier momento para garantizar que los instrumentos y equipos adquiridos cumplan con los indicadores técnicos especificados y funcionen normalmente dentro del período de uso después de pasar la inspección de aceptación.
Artículo 14 Se deberán establecer uno por uno los expedientes técnicos de los instrumentos y equipos, debiéndose llevar registros de uso y mantenimiento. De acuerdo con las regulaciones pertinentes de la Administración Estatal de Supervisión Técnica, el desempeño y los indicadores de los instrumentos y equipos se inspeccionan y calibran periódicamente, y la precisión y el desempeño se reparan de manera oportuna.
Artículo 15 Las instituciones de educación superior deben comprometerse a compartir equipos y recursos. Cada unidad debe completar las tareas de enseñanza e investigación científica de nuestra escuela y esforzarse por brindar servicios técnicos como consulta colaborativa, análisis, pruebas y capacitación para varias unidades de la sociedad. Mientras llevamos a cabo la cooperación y el intercambio dentro de la escuela, entre escuelas y entre departamentos, debemos cultivar activamente personal que pueda operar instrumentos y equipos de forma independiente, establecer un sistema de responsabilidad laboral y esforzarnos por mejorar la tasa de utilización de instrumentos y equipos. Es necesario aprovechar al máximo los instrumentos y equipos existentes de otras unidades y evitar duplicar la compra de instrumentos y equipos regionales.
Artículo 16 Las normas de cobro por el uso de equipos y equipos en instituciones de educación superior variarán según las diferentes circunstancias.
No se permiten cargos por el uso de instrumentos y equipos para la enseñanza dentro de la escuela, pero se puede cobrar parte de la tarifa del tiempo de máquina por el uso de instrumentos y equipos para investigación científica. Los servicios externos de instrumentos y equipos escolares cobran tarifas por el tiempo de la máquina de acuerdo con las normas pertinentes, y los fondos recaudados son administrados por el departamento competente de la escuela. Las autoridades escolares devolverán la mayor parte de sus fondos a los laboratorios correspondientes. Los laboratorios deben utilizar los fondos devueltos para compensar la operación, consumo, mantenimiento y reparación de instrumentos y equipos y para pagar la mano de obra necesaria de acuerdo con las normas de gestión pertinentes formuladas por. el costo de la escuela, los departamentos provinciales y nacionales.
Artículo 17 En general, no se permite el desmantelamiento de instrumentos y equipos para su uso. Si realmente es necesario desmantelar o cambiar debido a desarrollo funcional, transformación y actualización, o desarrollo de nuevos productos, debe ser aprobado por el departamento de equipamiento de la escuela.
Artículo 18 El número y nivel estructural del personal equipado con instrumentos y equipos se basará en el principio de garantizar el normal funcionamiento de los instrumentos y equipos y aprovechar al máximo su eficacia.
El personal que utiliza, mantiene y maneja instrumentos y equipos debe someterse a capacitación y evaluación, implementar un "sistema de empleo basado en certificados" y establecer los correspondientes sistemas de responsabilidad laboral y medidas de gestión.
Capítulo 4 Daños y raspaduras de instrumentos y equipos de valor
Artículo 19 Instrumentos y equipos que realmente necesitan ser desguazados debido a tecnología atrasada, daños, falta de repuestos o altos costos de mantenimiento Se debe informar oportunamente las pérdidas y desguaces de acuerdo con las "Medidas de implementación para la enajenación y gestión de activos estatales de instituciones administrativas".
El desguace de instrumentos y equipos escolares se realizará de acuerdo con la normativa nacional pertinente.
1. La unidad a la que pertenece el equipamiento escolar presenta una solicitud de desguace;
2. El departamento competente de la escuela organiza a los expertos pertinentes para que realicen deliberaciones y propongan informes y dictámenes de evaluación técnica; /p>
3, informar a la escuela (universidad) competente para su aprobación;
4. De acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes, informar al departamento competente para su aprobación o archivo.
Artículo 20 El valor residual recuperado de los instrumentos y equipos desechados se incluirá en los fondos anuales de equipo de la escuela de acuerdo con el "Sistema Financiero" y el "Sistema de Contabilidad para Colegios y Universidades (Prueba)".
Capítulo 5 Evaluación, Recompensas y Castigos de Instrumentos y Equipos Valiosos
Artículo 21 Los colegios y universidades implementarán un sistema de evaluación para el uso y manejo de instrumentos y equipos.
1. Al final de cada año, el colegio, departamento (instituto, centro) puede autoevaluar los instrumentos y equipos a cargo del departamento en base al “Formulario de Evaluación Anual de los Beneficios de los Valores”. Instrumentos y Equipos en Colegios y Universidades", y puede realizar los ajustes apropiados al equipo a cargo. El alcance y contenido de la evaluación de instrumentos y equipos;
2. Las autoridades escolares organizan inspecciones y verificaciones y anuncian a toda la escuela;
3. El Ministerio de Educación anuncia cada año el uso de los instrumentos y equipos bajo su jurisdicción (Categoría 03), organiza inspecciones y evaluaciones de vez en cuando;
4. Inspección anual del uso de instrumentos y equipos que determine la dirección provincial de educación.
Artículo 22 El uso y manejo de instrumentos y equipos en las instituciones de educación superior deberá implementar un sistema de recompensa y castigo. La escuela debe recompensar con prontitud a las unidades y personas que hayan logrado logros sobresalientes en la solicitud de compra, gestión de uso, mantenimiento y transformación técnica por incumplimiento grave del deber, las partes y responsables serán responsables según la gravedad del caso;
Capítulo 6 Disposiciones complementarias
Artículo 23 Los departamentos administrativos de educación provinciales y los colegios y universidades deben formular medidas de gestión de instrumentos y equipos basadas en estas medidas y en combinación con las condiciones reales de la región. .
Artículo 24: Los activos fijos por debajo de la línea de salida especificada por el Ministerio de Finanzas son materiales y consumibles de bajo valor administrados por colegios y universidades. Cada universidad puede formular sus propios métodos de gestión basándose en el espíritu de los documentos pertinentes y en la situación real actual. Entre ellas, la gestión de productos químicos peligrosos en las escuelas debe aplicarse estrictamente de conformidad con el espíritu del "Aviso sobre el fortalecimiento de la gestión de productos químicos peligrosos en los laboratorios de colegios y universidades".
Artículo 25 Estas Medidas entrarán en vigor en abril de 2000.