La "Ley de Delincuencia Juvenil" es directamente responsable de la educación para la prevención del delito juvenil.

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El artículo 16 de la "Ley de Prevención de la Delincuencia de Menores" estipula que los padres u otros tutores de menores son directamente responsables de la educación de los menores en materia de prevención del delito y deben realizar sus deberes de tutela de acuerdo con la ley, establecer una buena tradición familiar y cultivar la buena conducta en los menores, si se descubre que un menor tiene anomalías mentales o de conducta, deberá conocer oportunamente la situación, educarlo, orientarlo y asesorarlo, y no negará ni retrasará el ejercicio de las funciones tutelares.