Una marca notoriamente conocida se refiere a:
1. El grado de conocimiento de la marca por parte del público relevante.
2. la marca;
3. La duración, extensión y alcance geográfico de cualquier trabajo publicitario de la marca;
4. El registro de la marca protegida como marca notoriamente conocida;
5. La marca Otros factores que te hacen famoso. Durante la revisión del registro de marcas y la investigación y manejo de casos de violación de marcas por parte de los departamentos administrativos industriales y comerciales, la Oficina de Marcas puede determinar el estatus de notoriedad de una marca con base en las necesidades de revisión y manejo de casos.
Pueden utilizarse como prueba de notoriedad:
1. Materiales relevantes que demuestren el conocimiento de la marca por parte del público relevante.
2. uso de la marca Materiales relevantes, incluido el historial y el alcance del uso y registro de la marca;
3. Materiales relevantes que demuestren la duración, el alcance y el alcance geográfico de cualquier trabajo publicitario de la marca, incluida la publicidad y Materiales relevantes, como el método de las actividades promocionales, el alcance geográfico, los tipos de medios promocionales y la cantidad de publicidad.
4. Materiales relevantes que demuestren que la marca está protegida como marca notoriamente conocida, incluido eso; la marca comercial se ha utilizado en China u otros países. Materiales relevantes que están protegidos como marcas comerciales notoriamente conocidas en países y regiones;
5. Otra evidencia que demuestre que la marca comercial es notoriamente conocida, incluida la producción y las ventas. volumen, ingresos por ventas, ganancias e impuestos de los principales productos que utilizan la marca en los últimos tres años, área de ventas y otros materiales relacionados.
Base jurídica: Artículo 2 de la "Interpretación del Tribunal Supremo Popular sobre diversas cuestiones relativas a la aplicación del derecho en el juicio de litigios civiles relacionados con la protección de marcas notoriamente conocidas"
En los siguientes casos de disputas civiles, las partes tendrán como base fáctica las marcas notoriamente conocidas. Si el Tribunal Popular lo considera necesario basándose en las circunstancias específicas del caso, determinará si la marca en cuestión es notoriamente conocida: p>
(1) Por violación del artículo 13 de la Ley de Marcas, se presentó una demanda por infracción de marca;
(2) Se presentó una demanda por infracción de marca o competencia desleal por motivos que la razón social sea idéntica o similar a su marca notoriamente conocida;
(3) ) La demanda que cumpla con la defensa o reconvención prevista en el artículo 6 de esta Interpretación.