Las siguientes unidades e individuos que han sido reconocidos por bancos comerciales, tienen una gran capacidad para pagar deudas en su nombre y no tienen acreedores importantes y disputas sobre deudas pueden ser aceptados como garantes: instituciones financieras; que se dediquen a actividades que cumplan con las leyes y reglamentos nacionales. Personas jurídicas corporativas que se dediquen a actividades productivas y comerciales; personas jurídicas corporativas que se dediquen a actividades comerciales; otras organizaciones económicas;
(Pregunta real de 2016) Las siguientes situaciones no pueden servir como garante ().
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