El terreno utilizado para escuelas primarias y secundarias y jardines de infancia como se menciona en estas regulaciones incluye terreno utilizado para educación y enseñanza, instalaciones deportivas, terreno utilizado para instalaciones de vivienda para estudiantes (niños) y terrenos verdes. Artículo 3 Los gobiernos populares municipales y de condado (ciudades) fortalecerán la planificación, gestión y protección de las tierras utilizadas para escuelas primarias y secundarias y jardines de infancia. Los departamentos de educación municipales y distritales (distrito, ciudad) son responsables de la supervisión y gestión de la protección de las escuelas primarias, secundarias y jardines de infancia.
Los departamentos competentes pertinentes, como los de desarrollo y reforma, planificación, recursos territoriales, construcción, protección ambiental y gestión urbana, deberían hacer un buen trabajo para proteger el suelo utilizado por las escuelas primarias y secundarias y los jardines de infancia dentro del alcance de sus respectivas responsabilidades. Capítulo 2 Protección del terreno planificado Artículo 4 La planificación y construcción de escuelas primarias y secundarias y jardines de infancia se incorporarán al plan nacional de desarrollo económico y social de la ciudad, al plan general de uso del suelo y al plan urbano general, con planificación general, diseño razonable y construcción de apoyo. . Artículo 5 Las autoridades educativas municipales y del condado (ciudad), junto con las autoridades de planificación del mismo nivel, prepararán un plan especial para la construcción y distribución de escuelas primarias y secundarias y jardines de infancia en la región sobre la base del plan general de la ciudad. y presentarlo al gobierno popular del mismo nivel para su aprobación. Ninguna unidad o individuo podrá modificar el plan especial aprobado para la construcción y distribución de escuelas primarias, secundarias y jardines de infancia sin autorización. Si es realmente necesario cambiar la construcción de infraestructura urbana y rural importante, se debe presentar para aprobación de acuerdo con los procedimientos de aprobación originales.
El departamento de planificación deberá obtener el consentimiento del departamento de educación antes de determinar la ubicación de nuevas escuelas primarias y secundarias y jardines de infancia. Artículo 6 Al formular planes para la reconstrucción de nuevas áreas, zonas de desarrollo y antiguas áreas urbanas y revisar y aprobar planes para nuevas comunidades residenciales, las autoridades de planificación organizarán terrenos y proyectos para la construcción de escuelas primarias y secundarias y jardines de infancia con base en Planes especiales para el trazado constructivo de escuelas primarias, secundarias y jardines de infancia. Artículo 7 Los terrenos de construcción para escuelas primarias y secundarias y jardines de infancia deberán cumplir con los requisitos de las zonas funcionales ambientales y mantenerse a la distancia correspondiente de las zonas industriales y proyectos de construcción contaminantes. Artículo 8 La construcción urbana y rural se planificará de acuerdo con los siguientes principios:
(1) Se establecerá un jardín de infancia con 12 clases por cada 10.000 residentes permanentes
(2); Se establecerá un jardín de infancia por cada 10.000 residentes. Escuelas primarias con 24 residentes por clase;
(3) Establecer escuelas secundarias con 36 clases por cada 20.000 residentes. Artículo 9 Las escuelas primarias y secundarias y los jardines de infancia de nueva construcción deberán cumplir los siguientes requisitos:
(1) El jardín de infancia utilizará no menos de 15 metros cuadrados de terreno por estudiante
(2; ) Cada estudiante de primaria deberá utilizar no menos de 15 metros cuadrados de terreno Menos de 23 metros cuadrados
(3) El terreno para cada estudiante de secundaria no debe ser inferior a 30 metros cuadrados; >
(4) La tierra para cada estudiante de secundaria es de al menos 35 metros cuadrados de arroz.
A la hora de planificar terrenos de construcción para escuelas primarias, secundarias y guarderías, se debe reservar un espacio de desarrollo adecuado. Los internados y las escuelas que no pueden cumplir con los requisitos generales de diseño debido a la forma irregular del terreno deben aumentar la superficie del terreno de manera adecuada. Artículo 10 Los terrenos reservados para escuelas primarias y secundarias y jardines de infancia no se utilizarán para otros fines. Si se requieren ajustes en interés público, las autoridades de planificación y tierras y recursos solicitarán la opinión de las autoridades educativas del mismo nivel y las presentarán al gobierno popular del mismo nivel para su aprobación. Artículo 11 Si es necesario ocupar temporalmente el terreno reservado para escuelas primarias y secundarias o jardines de infancia debido a la construcción urbana y rural, los procedimientos de uso temporal del suelo se manejarán de acuerdo con las regulaciones pertinentes. Una vez que expire el período de uso temporal del terreno, la unidad de construcción devolverá el terreno y lo restaurará a su condición original.
Está prohibido construir edificios permanentes, estructuras y otras instalaciones en terrenos ocupados temporalmente aprobados y reservados para escuelas primarias y secundarias y jardines de infancia. Capítulo 3 Protección de las tierras existentes Artículo 12 Después de solicitar el registro de la tierra de conformidad con la ley, las tierras existentes de las escuelas primarias y secundarias y los jardines de infancia recibirán un certificado del departamento de tierras y recursos. Artículo 13 Los planes de nueva construcción, reconstrucción y ampliación de escuelas primarias y secundarias y jardines de infancia serán revisados por el departamento de educación competente y luego presentados al departamento de planificación competente para su aprobación.
La unidad de construcción llevará a cabo la construcción de acuerdo con los planes de planificación aprobados para escuelas primarias y secundarias y jardines de infancia y las normas de construcción prescritas por el estado. Artículo 14 Ninguna unidad o individuo podrá invadir el terreno utilizado por escuelas primarias o secundarias o jardines de infancia ni cambiar la naturaleza del terreno sin autorización.
Si la construcción urbana y rural realmente necesita ocupar el terreno de las escuelas primarias y secundarias y jardines de infancia existentes, el departamento de planificación y construcción solicitará la opinión del departamento de educación y la presentará al gobierno popular del mismo nivel para su aprobación.
Al requisar escuelas primarias y secundarias y jardines de infantes, las unidades de construcción deben dar prioridad a la reconstrucción cercana de acuerdo con los requisitos de planificación urbana y rural y los estándares de construcción de las escuelas primarias y secundarias y jardines de infantes, y de acuerdo con el principio de "construir primero y luego solicitar". Si se ocupan terrenos de enseñanza de escuelas primarias, secundarias y secundarias o jardines de infantes, se deben reponer en las cercanías sobre la base del área original. Artículo 15 Los terrenos existentes utilizados por escuelas primarias y secundarias y jardines de infancia no se utilizarán para construir residencias para profesores, personal y familiares, ni edificios, estructuras y otras instalaciones no relacionadas con la enseñanza.
No se permite la construcción de edificios, estructuras y otras instalaciones fuera de los muros de las escuelas primarias, secundarias y jardines de infancia.