Base legal: Artículo 34 del Reglamento sobre la Administración de la Formación de Conductores de Vehículos de Motor: Las instituciones de formación de conductores de vehículos de motor deberán utilizar vehículos de enseñanza que cumplan con las normas, obtengan placas y tengan logotipos unificados. La identificación unificada de los vehículos docentes será formulada, organizada e implementada por la agencia provincial de gestión del transporte por carretera.
Leyes y reglamentos relacionados con las escuelas de conducción
Análisis jurídico: “Reglamento para la Administración de la Formación de Conductores de Vehículos de Motor”. La solicitud de una licencia de capacitación deberá cumplir con el plan de desarrollo de la industria formulado por el departamento administrativo de transporte local, las condiciones de apertura promulgadas por el Ministerio de Transporte y las disposiciones de las "Medidas de gestión para la industria de capacitación de conductores de automóviles", y se llevará a cabo. de acuerdo con los procedimientos de solicitud, establecimiento del proyecto, preparación, examen y certificación. Quienes soliciten participar en la capacitación para conductores de vehículos motorizados deben registrarse con un operador de capacitación que tenga una licencia de capacitación. Las personas que soliciten capacitación para conductores de vehículos de motor deben cumplir las siguientes condiciones físicas: (1) Las personas que soliciten capacitación para conductores de turismos, camiones y trolebuses grandes deben tener una altura no inferior a 155 cm; las que soliciten capacitación para otros vehículos deben tener una altura mínima de 155 cm; una altura de no menos de 150 cm (2) La agudeza visual de ambos ojos no debe ser inferior a 4,9 en la tabla de agudeza visual estándar (se permite la corrección (3) No se permiten daltonismo rojo-verde; La formación y enseñanza de conductores debe solicitar una licencia de maestro a la agencia de gestión del transporte por carretera.