Descripción del problema:
Quiero imprimir una novela que me gusta y vendérsela a algunas personas. El autor está de acuerdo, pero ¿puedo hacer esto?
Análisis:
Imposible
Artículo 32 de la Ley Editorial Las unidades dedicadas a la impresión o reproducción de publicaciones deberán informar a la provincia, región autónoma o municipio donde se encuentren. están ubicados Sólo después de que la Administración de Publicaciones Populares presente una solicitud y pase por los procedimientos pertinentes con los órganos de seguridad pública y los departamentos de administración industrial y comercial de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes, pueden participar en la impresión o reproducción de publicaciones.
No se pueden imprimir periódicos, publicaciones periódicas ni libros, y no se pueden copiar productos audiovisuales ni publicaciones electrónicas sin el permiso y los procedimientos pertinentes.
Artículo 33 Una unidad editorial no podrá confiar la impresión o reproducción de publicaciones a una unidad que no haya obtenido una licencia para imprimir o reproducir publicaciones.
Si una unidad editorial confía a una unidad de impresión o reproducción la impresión o reproducción de publicaciones, debe proporcionar los certificados pertinentes para la impresión o reproducción de publicaciones que cumplan con las regulaciones nacionales y firmar un contrato con la unidad de impresión o reproducción. de conformidad con la ley.
Las unidades de impresión o reproducción no aceptarán encargos de unidades o individuos no editoriales para imprimir periódicos, publicaciones periódicas, libros o reproducir productos audiovisuales o publicaciones electrónicas, y no imprimirán ni distribuirán periódicos, publicaciones periódicas ni libros. o reproducir o distribuir productos audiovisuales sin autorización Productos, publicaciones electrónicas.