La base legal para participar en la gestión de asuntos públicos es el artículo 106 de la Ley del Funcionario Público: El personal de las instituciones públicas autorizadas por leyes y reglamentos para tener funciones de gestión de asuntos públicos, excepto el personal de tierra, deberá, previa aprobación Gestionar con referencia a esta ley.
Características:
Como tipo especial de institución pública, las instituciones públicas tienen ciertas características, que se reflejan principalmente en sus diferencias y conexiones con los organismos administrativos y las instituciones públicas en general.
Enciclopedia Baidu-Instituciones participantes